● El director general del ISSSTE destacó que el fallo judicial pone fin a un esquema de más de 20 años de privilegios económicos, que permitió a una sola persona recibir una pensión desproporcionada, mediante la cual obtuvo 55 millones 334 mil 610 pesos
● Aseguró que la resolución del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa es un acto de justicia social, honestidad, legalidad y constitucionalidad, que elimina un privilegio y protege el erario de abusos inadmisibles
CDMX, 07 de septiembre de 2026.- El director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Martí Batres Guadarrama, informó que el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa resolvió a favor del organismo el juicio relacionado con una pensión superior a 322 mil pesos mensuales, la más alta otorgada de manera ilegal desde hace 24 años.
La resolución que negó el amparo promovido por la persona titular de la pensión fue emitida por mayoría y de manera definitiva durante la sesión del Tribunal celebrada el pasado 3 de septiembre y representa un precedente en la defensa jurídica de los recursos públicos y la correcta aplicación de los topes legales de las pensiones del Instituto.
“El @ISSSTE_mx acaba de lograr una sentencia favorable en el juicio contra una pensión de 322 mil pesos. No es cualquier cosa, pues sufre el asedio de una guerra judicial incesante para saquear sus recursos”, escribió en redes sociales.
Martí Batres destacó que el fallo pone fin a privilegios económicos para una sola persona, quien recibió una pensión de monto extraordinariamente elevado. Señaló que la pensión comenzó a entregarse el 16 de mayo de 2002 y que, durante ese periodo, la persona acreedora acumuló un total de 55 millones 334 mil 610 pesos.
Detalló que el último cargo que ocupó como trabajador activo fue el de director general adjunto LC3, con un sueldo base de 12 mil 509 pesos, por lo que consideró desproporcionada la diferencia entre las percepciones del trabajador y el monto de la pensión.
“Esto quiere decir que, de forma verdaderamente inverosímil, esa persona cobró una cantidad pensionaria mucho muy superior a la que cobró como trabajador en activo. No existe explicación lógica, legal, matemática, laboral o estadística que justifique ese cobro. Se trataba de un privilegio decidido completamente al margen de la ley, en el que puede presumirse una determinación política y un acto de corrupción”, remarcó.
Agregó que el Tribunal argumentó que mantener montos de esta magnitud resulta insostenible y vulnera la equidad del sistema de retiro, ya que se sitúa por encima del límite legal establecido para la mayoría de los pensionados del país.
“La decisión sienta un precedente en la defensa de los recursos públicos y la correcta aplicación de los topes legales de las pensiones, garantizando que los esquemas de jubilación operen bajo principios de proporcionalidad y solidaridad. La resolución del Tribunal es un acto de justicia social, de honestidad, de legalidad y de constitucionalidad, que elimina un privilegio y protege el erario de abusos inadmisibles”, aseveró.
Finalmente, Martí Batres reiteró el compromiso de resolver casos parecidos, con el objetivo de garantizar que los esquemas de jubilación se apliquen bajo principios de proporcionalidad y solidaridad.
En el Segundo Piso de la Cuarta Transformación, que encabeza la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, el ISSSTE impulsa la revisión y ajuste de más de un centenar de casos, a efecto de reducirlos a montos apegados a la ley.
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