SCJN: libertad de expresión tiene límites cuando una persona difunde acusaciones falsas que afectan el honor, la reputación o la dignidad de otra

CDMX, 07 de mayo del 2026.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este jueves que la libertad de expresión tiene límites cuando una persona difunde acusaciones falsas que afectan el honor, la reputación o la dignidad de otra.

La decisión surgió a partir de un conflicto familiar relacionado con un proceso de divorcio y custodia de una menor.

El origen del caso
De acuerdo con el expediente, el padre de la niña pagó una inserción en un diario de circulación nacional para acusar a su exesposa y a familiares de ella de sustraer ilegalmente a la menor, mantenerla “secuestrada” y utilizar influencias para impedirle verla.

Sin embargo, dichas acusaciones ya habían sido desechadas previamente por autoridades ministeriales.

Ante ello, las mujeres afectadas promovieron un juicio civil por daño moral y los tribunales determinaron que las acusaciones eran falsas, por lo que condenaron al responsable al pago de una indemnización.

La Corte negó amparo al autor de la publicación
Al revisar el caso, la SCJN negó el amparo al autor de la publicación y sostuvo que la libertad de expresión no protege la difusión de acusaciones falsas entre particulares, cuando se atribuyen delitos sin sustento.

Al mismo tiempo, la Corte concedió un amparo a las víctimas para que se revise nuevamente el monto de la reparación del daño.

¿Qué resolvió la Corte?
Las ministras y ministros explicaron que el daño moral afecta derechos que no tienen un valor económico directo, como el honor, la reputación, la vida privada o la dignidad.

Por ello, indicaron que las indemnizaciones deben calcularse con criterios de proporcionalidad y razonabilidad, suficientes para reparar el daño, pero sin generar castigos económicos desmedidos que puedan desalentar la libertad de expresión o provocar autocensura.

Con información de Once Noticias

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