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Columna «Bajo la Lupa»: Golpe a la democracia

Por Armando Saavedra (09-03-15)
GOLPE A LA DEMOCRACIA
No se trata de defender a ALFONSO MARTINEZ ALCAZAR, pues él se puede defender solo y tiene con qué, se trata de defender la maduración de un proyecto ciudadano, que son las candidaturas independientes. ALFONSO MARTINEZ es un candidato, quiéranlo o no, ciudadano, por la simple razón de que no forma parte de ningún partido y/o asociación política que viva del presupuesto nacional y asumió representar una aspiración largamente esperada por los ciudadanos, como el intento serio y real para romper la partidocracia. Ese es el verdadero significado de la resolución dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que despoja a ALFONSO MARTINEZ de la candidatura a presidente municipal de Morelia, pero el verdadero despojo es la sociedad que anhela profundamente que alguien tenga éxito en derrumbar el poder de la partidocracia a través de las candidaturas independientes.

RETROACTIVIDAD DE UNA LEY
El artículo 14 de la Constitución política de los Estados Unidos mexicanos, establece con claridad literal: “ARTÍCULO 14.- A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, sin embargo, el tribunal electoral, dice que si es posible la aplicación retroactiva y argumenta la Sala Regional de Toluca al revocar la sentencia recurrida, pues considera que no existe un problema de aplicación retroactiva de la norma y que el artículo 298 del Código Electoral del Estado de Michoacán vigente es la norma aplicable a las solicitudes de registro de candidaturas independientes que se presentaron en el proceso electoral en curso. En la sentencia se concluye que la norma es menos restrictiva que la fracción I del artículo 371 abrogada, pues al amparo de ésta MARTÍNEZ ALCÁZAR no hubiera tenido oportunidad alguna de contender, ya que al haber sido Coordinador de los Diputados locales de la Fracción Parlamentaria del PAN desde el 15 de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2013 y, como tal, miembro del Comité Directivo Estatal del PAN en Michoacán, hubiera caído en la prohibición absoluta ahí regulada. Sin embargo, a pesar de que la norma se flexibilizó y ahora permite a quienes hayan ocupado un cargo de dirigencia partidaria contender si renuncian al partido 1 año antes del día de la jornada electoral, tampoco se supera esta prohibición relativa puesto que presentó su renuncia pública al partido hasta el 17 de noviembre de 2014 y no el 7 de junio de ese año, como lo exigía el precepto legal, ni en fecha próxima a que la norma entró en vigor.

COORDINADOR PARLAMENTARIO, CARGO PARTIDISTA
A la luz de los establecido por el artículo 51 de los estatutos del Partido Acción Nacional, el haber sido designado coordinador de la fracción parlamentaria del ese partido en el congreso del estado, le otorga automáticamente un asiento en el Consejo Estatal, que es un órgano partidista ejecutivo que toma resoluciones que impactan la vida interna de ese partido, lo cual no es el centro de la discusión, sino la aplicación retroactiva de una disposición legal secundaria que contraviene la constitución política federal. Sí la sala superior del tribunal electoral se ciñe a lo dispuesto por la constitución, seguramente revocará la sentencia de la sala regional de Toluca, de lo contrario, lo de ALFONSO MARTINEZ ALCAZAR será solo una buena intención ciudadana, ahora frustrada por legalismos.

OTRO BALÓN AL TRIFE, EL DE BARRAGÁN
Pues le damos cuenta de que el ex regidor y ex aspirante a candidato a presidente municipal de Morelia, JUAN CARLOS BARRAGÁN VELEZ, depositó en la oficialía de partes del tribunal Electoral del estado, una demanda que da inicio a un juicio de la defensa de los derechos del militante, pues según BARRAGÁN VELEZ, sus derechos políticos como militante del Partido de la Revolución Democrática fueron conculcados, al no respetarse el procedimiento de elección del candidato a presidente municipal de Morelia de ese partido. En sus argumentos, JUAN CARLOS BARRAGÁN asegura que el candidato “designado” por el Comité Ejecutivo nacional del PRD, RAÚL MORÓN ORÓZCO, ni siquiera se registró para participar en la contienda. Por desgracia, la página oficial del PRD en Michoacán, no presenta acceso a las convocatorias para la elección de sus candidatos a los diferentes puestos de elección popular para ser consultables, pero por explorado derecho, BARRAGÁN VELEZ deberá acreditar su personalidad jurídica como militante del Partido de la Revolución Democrática y como lo dimos a conocer en anteriores entregas, en el padrón del Estado de Michoacán no aparece el ex regidor moreliano, pudiera ser que la demanda por él presentada, no sea admitida, a menos que al ser prevenido por la autoridad jurisdiccional, logre presentar la constancia de su militancia en el PRD, expedida por uno de los órganos partidistas del Distrito Federal, en donde dice que fue dado de alta.

LO DE BARRAGÁN, FALTA DE OFICIO
La entrega del escrito de demanda de un juicio de defensa de los derechos políticos del militantes, no es sino una manifestación más de JUAN CARLOS BARRAGÁN de haberlo dejado totalmente fuera del reparto del “botín” político que representa el proceso electoral interno 2015 del PRD, sobre todo, por los resultados de la ya famosa “encuesta” en donde BARRAGÁN VELEZ obtuvo técnicamente un empate en primer lugar con el senador RAÚL MORÓN ORÓZCO, circunstancia que puede convertirse en un acto consentido por parte de BARRAGÁN, que puede resultar en otra circunstancia más del desecho de la demanda de BARRAGÁN, pues sí como lo establece en su demanda, RAÚL MORÓN no se registró como precandidato, por qué consintió en que participara en la “encuesta”, pues en ese momento debió manifestar su oposición a que participara. Sí se dio la participación de MORÓN ORÓZCO en la “encuesta” y BARRAGÁN no protestó, ¿por qué ahora que no ganó, sí protesta? Pero por otro lado, la ausencia de oficio político, ha permitido éste escándalo, pues no ha habido algún personaje político que opere para que BARRAGÁN se deje de tonterías, pues con solo hacerle un ofrecimiento serio, el asunto concluye.

COCOA “CANTINFLEA”
El Pez por su boca muere, reza el refrán popular y una vez más la senadora con licencia LUISA MARÍA CALDERÓN, se le hizo bolas el engrudo al declarar primero que confiaba en que el tribunal federal electoral le restituiría la candidatura a ALFONSO MARTINEZ y así se publicó y horas más tarde, mandó una carta “aclaratoria” donde dice lo mismo, nada más que cantinfleado.

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