México, DF, 20 de noviembre de 2014.- La declaración patrimonial ‘‘abierta’’ ofrecida ayer por el presidente Enrique Peña Nieto y divulgada anoche por la Secretaría de la Función Pública (SFP), no ofrece cambios a las posesiones reportadas desde su época de gobernador del estado de México y candidato presidencial. Tampoco incluye los bienes de su cónyuge. Peña Nieto es propietario de cuatro casas, un departamento, dos terrenos y dos terrenos rústicos. Las últimas tres propiedades que adquirió le fueron donadas por su madre en 2011, según la declaración patrimonial. El patrimonio del jefe del Ejecutivo es de alrededor de 45 millones de pesos.
En el reporte entregado por ley en mayo de este año, el Ejecutivo consigna un ingreso neto anual de 3 millones 370 mil 796 pesos, integrado por su salario como servidor público (2 millones 909 mil 455), por actividad financiera (211 mil 359) y ‘‘otros’’ (249 mil 982 pesos).
En el portal de la SFP, a cuyo cargo está verificar el cumplimiento de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y donde aparece la declaración completa (tres hojas) del mandatario, se reportan los mismos nueve bienes inmuebles que declaró como propios desde el tiempo que era gobernador. En ese entonces, a diferencia de ahora, sí precisó las poblaciones donde se encuentran aquéllos.
En los datos hechos públicos esta vez sí se informa del precio tanto de las casas, terrenos y un departamento, como de los bienes muebles, entre los que incluye obras de arte, joyas y menaje de casa. Asimismo, se conoce el origen de la adquisición, sea por compra o por donación de su padre o su madre e incluso mediante herencia de su cónyuge. Peña está casado en segundas nupcias con Angélica Rivera. La primera esposa fue Mónica Pretelini, fallecida en 2007.
Por lo que hace a rubro ‘‘inversiones’’, el monto reportado a la SFP –hasta el 31 de diciembre de 2013– suma 16. 8 millones de pesos, donde los mayores montos se encuentran en un fondo de inversión por 12. 9 millones y monedas y metales por 3 millones de pesos.
En bienes inmuebles se informa sobre una casa edificada sobre un terreno de 2 mil 138 metros cuadrados, que en 2013 tenía una superficie construida de 466 metros y al año siguiente se amplió a 850 metros cuadrados. Las nueve propiedades son:
–Casa: 560 metros cuadrados. Contado. Adquirida en 1982. Valor 924 viejos pesos.
–Casa: 2 mil 138 metros cuadrados. Contado. Adquirida en 2005. Valor 5.6 millones de pesos.
–Departamento: 211 metros cuadrados. Herencia cónyuge (2001). 2.6 millones de pesos.
–Casa: 150 metros cuadrados. Donación madre. Adquirida en 2011. Valor 611 mil pesos.
–Casa: 338 metros cuadrados. Donación madre. Adquirida en 2011. Valor 455 mil pesos.
–Terreno: 1000 metros cuadrados. Donación padre. Adquirida en 1988. Valor 11 mil 200 viejos pesos. Terreno rústico: 24 mil metros cuadrados. Donación padre. Adquirida en 1989. Valor 647 viejos pesos.
–Terreno: 2 mil 547 metros cuadrados. Donación madre. Adquirida en 2009. Valor 6.9 millones de pesos.
–Terreno rústico: 58 mil 657 metros cuadrados. Donación madre. Adquirida en 2011. Valor 5.1 millones de pesos.
En los bienes muebles se incluyen obras de arte donadas por su madre con valor de un millón de pesos; otras obras recibidas en herencia de su cónyuge, por 2 millones de pesos; joyas adquiridas por él de contado, por 1.9 millones de pesos; otro lote de relojes y joyas donados por su madre, valuadas en un millón de pesos, y menaje de casa por un millón de pesos.
El propio Peña aclaró que ‘‘los dos bienes que mi padre me dio, mediante donación, fue (sic) estando él aún con vida. Los cuatro bienes que mi madre me dio a mi (sic) mediante donación, los recibió de la herencia de mi padre. Con respecto a los dos terrenos rústicos a que hago referencia, éstos son tierras cultivables’’.
Si bien a raíz de la divulgación de las propiedades de Angélica Rivera, la Presidencia aclaró que están casados por separación de bienes, el artículo 44 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos indica: ‘‘Para los efectos de la ley y de la legislación penal, se computarán entre los bienes que adquieran los servidores públicos o con respecto de los cuales se conduzcan como dueños, los que reciban o de los que dispongan su cónyuge, concubina o concubinario y sus dependientes económicos directos, salvo que se acredite que éstos los obtuvieron por sí mismos y por motivos ajenos al servidor público”.
En los rubros bienes inmuebles, bienes muebles e inversiones se aclara que la información no incluye propiedades a nombre del cónyuge, dependientes económicos o de otros.