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Exige Fidel a Silvano respeto a las atribuciones del Poder Legislativo de Michoacán y a las del Grupo Parlamentario del PRD

Morelia, Mich., 28 de mayo del 2014.- El coordinador del Grupo Parlamentario del PRD en la LXXII Legislatura de Michoacán, Fidel Calderón Torreblanca hoy envío una misiva al diputado federal Silvano Aureoles Conejo, a continuación el texto integro:

Diputado Silvano Aureoles Conejo

Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD en la Cámara de Diputados

Presente

En atención a tus declaraciones al Grupo Milenio: «Pide Aureoles investigar a candidatos a alcaldes en Michoacán», te manifiesto que coincido en que todos los candidatos a puestos de elección popular, no sólo los integrantes de los ayuntamientos, sean investigados, pero también te digo que es lamentable que tú, que estás obligado a conocer las leyes y los procedimientos legislativos, desconozcas lo siguiente:

1. Conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Estado de Michoacán, 50 de la Ley Orgánica Municipal, 12, 13 y 18 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, así como el 8 del Estatuto del Partido de la Revolución Democrática, es facultad del Congreso del Estado designar a las personas que han de integrar los Ayuntamientos, respetando su origen partidista. En el Congreso los Partidos Políticos están representados por sus Grupos Parlamentarios, los cuales toman sus decisiones mediante votación y las comunican a través de su Coordinador.

Hago de tu conocimiento que el Grupo Parlamentario del PRD, que me honro en coordinar, decidió en pleno ejercicio de sus atribuciones de forma colectiva, democrática y  mediante votación, proponer al Ciudadano Agustín Zapién Ramírez como Presidente Provisional del Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, lo que se acredita con el documento que anexo, por lo que la exigencia que haces al suscrito y a los Diputados Locales de nuestro Instituto Político está fuera de lugar y evidencia tu ignorancia sobre el tema. Lo que ratificas cuando manifiestas erróneamente que el artículo 79 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado «señala que se debe respetar la propuesta que haga el partido».

2. Mis compañeros y yo, revisamos el expediente de la persona propuesta para verificar que reúna los requisitos Constitucionales y Legales para ocupar el cargo de Presidente Municipal, entre los cuales está la Constancia de no antecedentes penales expedida recientemente por la Procuraduría General de Justicia del Estado.

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