Morelia, Michoacán, 14 de diciembre de 2022.- (803). Para transparentar el destino de los recursos del municipio de Indaparapeo, particularmente en materia de inversión pública, la 75 Legislatura de Michoacán modificó los párrafos primero y segundo del Artículo Segundo del Decreto Legislativo Número 191 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno de Michoacán el día 16 de agosto de 2022.
Es de destacar que, en el pasado mes de julio, el Congreso del Estado autorizó al ayuntamiento de Indaparapeo, a contratar financiamiento y afectar el derecho a recibir ingresos por participaciones federales, del Fondo General de Participaciones para destinarse a inversiones públicas productivas en términos de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y las Municipios.
El Artículo Segundo estipula a la letra que el municipio deberá destinar los recursos que obtenga con los financiamientos que contrate con sustento en el citado Decreto.
Además, será exclusivamente para financiar -incluido en su caso el Impuesto al Valor Agregado- el costo de inversiones públicas productivas en términos del artículo 2, fracción XXV de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios en diversos proyectos asociados.