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UMSNH aprueba más austeridad y contención del gasto en la administración

  • Desde 2019, la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, implementó un Programa de Contención, Transparencia y Disciplina del Ejercicio Presupuestal.

Morelia, Mich., 25 de junio del 2022.- Ante la compleja situación económica por la que viene atravesando la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) en los últimos años, para el 2022 por instrucción del rector Raúl Cárdenas Navarro se mantiene el Programa de Contención, Transparencia y Disciplina del Ejercicio Presupuestal, a fin de seguir cumpliendo con su objetivo primordial que brindar educación media superior y superior de calidad para dotar a la nación de mujeres y hombres capaces de contribuir en la solución de los problemas de su entorno.

El propósito del gasto universitario es el sostenimiento racional y transparente que permita cubrir las necesidades para cumplir los objetivos establecidos por la Ley Orgánica de esta Casa de Estudios, los recursos financieros con los que cuenta la Universidad Michoacana actualmente son escasos ante la creciente necesidad de consolidar los programas académicos vigentes.

Es por ello que la actual administración nicolaita tiene por convicción administrar los recursos con honestidad, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y austeridad, a través de este programa que busca direccionar mayores recursos para potenciar los ejes de la institución como son la docencia, la investigación, la extensión y la difusión de la cultura.

Para tal efecto, todas las dependencias académicas deberán implementar las medidas necesarias que permitan fortalecer las acciones, reduciendo el gasto destinado a las actividades administrativas a fin de lograr ahorros y economías, pero sin afectar la operación y el resultado de sus programas.

Entre las acciones que contempla el programa destacaba en el Capítulo I. De los servicios personales, que se mantiene la reducción del sueldo de los mandos medios y superiores en al menos 10 por ciento; en el caso de los mandos superiores solamente podrán tener acceso a una asignatura mientras dure su cargo. Además establece que ningún servidor universitario de confianza de mandos medios y superiores podrá recibir remuneración adicional a la establecida en los tabuladores vigentes. 

Queda prohibida la creación de nuevas plazas académicas y administrativas de confianza, así como la contratación de personal eventual, por contrato y por honorarios adicional a la que existe al cierre del ejercicio fiscal 2019. Las dependencias académicas y administrativas deberán limitar el gasto por contratación de personas físicas y morales para efectos de asesoría. 

En tanto, en el Capítulo II. Del gasto operativo: materiales y suministros. Servicios generales, señala que la Tesorería no realizará el pago de arreglos florales y obsequios. Los gastos de representación personal de mandos medios y superiores serán autorizados siempre y cuando estén relacionados con el estricto cumplimiento de sus funciones por la contraloría de la universidad. La Secretaría Administrativa implementará un programa de control en el gasto del consumo de combustibles y de mantenimiento del parque vehicular. 

De igual forma, establece la disminución al mínimo indispensable en los gastos de comunicación social y publicidad y reducción al mínimo indispensable en la compra de artículos promocionales de la universidad. Asimismo, el gasto por concepto de eventos de aniversario y eventos sociales queda limitado a la realización de eventos académicos. 

En el Capítulo III. De los viáticos y gastos de transportación, se establece que el pago de viáticos y gastos de transportación será solo para el desempeño de comisiones oficiales justificadas, el cual deberá ser comprobado en su totalidad o reintegrarse a la Tesorería de la universidad en caso contrario. Con ello, se debe mantener el gasto operativo administrativo conforme al ejercicio inmediato anterior y de ser posible disminuirlo. 

En el Capítulo IV. Gasto de inversión, se precisa que no se autorizarán adecuaciones de obra civil en las instalaciones universitarias ni la adquisición de vehículos con recursos presupuestales o propios de la institución. 

Por lo que respecta al Capítulo V. De la transparencia y rendición de cuentas, indica que todo funcionario de la administración universitaria deberá presentar a la contraloría su declaración de bienes patrimoniales. 

Además, la Tesorería deberá presentar un informe trimestral sobre el estado que guardan las finanzas de la universidad. Finalmente, cada una de las dependencias debe publicar la información trimestral sobre los ingresos y egresos en su propia página web de la UMSNH.  

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