- ¡Un Partido el Mejor Negocio!.
- 10 Tienen Interés en Michoacán.
- El 31 de Enero se Vence el Plazo.
Columna «Coordenadas Políticas», Por Fernando Pérez Chávez (14-I-2022).- En México tener un partido político es un gran negocio y por esa razón en Michoacán al menos 10 organizaciones han solicitado información al Instituto Electoral de Michoacán sobre los requisitos para constituirse en un nuevo instituto y el plazo vence el 31 de enero de 2022.
Según el presidente del IEM, Ignacio Hurtado hasta ahora ninguna organización ha presentado formalmente su intención de hacerlo y no adelanto nombres de las que han solicitado información porque no le consta que tengan la intención de formar un nuevo partido político.
Sin embargo, si preguntan está claro que quieren conformar algún partido político, pero ha trascendido que el expriista Jesús Reyna García, con su grupo conformaran el partido Crisol y el también expriistas y dirigente de la Comisión Reguladora del Transporte, José Trinidad Martínez Pasalagua, con su hija Karla Martínez Martínez formaran el Instituto Tiempo Por México.
Y qué curioso que los dos expresidiarios, Jesús Reyna García y José Trinidad Martínez, los cuales salieron libres por falta de pruebas por su presunta participación con la delincuencia organizada, luego de que fueron captados con el líder de Los Caballeros Templarios, Servando Gómez, quien se encuentra preso.
Por otro lado, de acuerdo con lineamientos para realizar ese proceso, aprobados por el consejo general del IEM, el próximo 31 de enero vence el plazo para que las organizaciones que pretendan constituirse como partido político local presenten escrito de manifestación de intención.
Finalmente cabe comentar que la misiva debe contener el nombre de la organización, los nombres, número de teléfono y correo electrónico de las personas autorizadas para recibir notificaciones, el representante legal, la denominación preliminar del partido, siglas, emblema, color y no pueden ser iguales a los de los partidos que ya existen y después tendrán que realizar las asamblea municipales o distritales para constituirse, en las que deben participar al menos el 0.26 por ciento del padrón electoral, la que será verificadas por personal del órgano electoral.