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Congreso michoacano aprueba Ley que regula uso de cubrebocas

* Desproporcionado arrestar o multar a quien no use cubrebocas: Grupo Parlamentario de MORENA.

Morelia, Mich., 19 de enero de 2021. A fin de garantizar medidas de prevención y contención de transmisión y riesgos de contagio por el virus SARS COV2 COVID19, el Pleno de la LXXIV Legislatura del Congreso de Michoacán, aprobó la Ley que regula el uso de cubrebocas en el estado de Michoacán, con el interés de garantizar el derecho y la protección a la salud de los michoacanos. 

Al discutirse en el pleno del Congreso del Estado la iniciativa presentada por el gobernador del estado con la que se propone el uso obligatorio del cubrebocas en territorio michoacano, los diputados morenistas señalaron que medidas punitivas como las multas o el arresto domiciliario deben ser eliminadas de la Ley señalada. “En el caso de las multas, estas son excesivas y a todas luces desproporcionadas, y podríamos estar estimulando comportamientos incorrectos entre la ciudadanía”, señala el comunicado suscrito por los legisladores Cristina Portillo Ayala, Antonio Madriz Estrada y Zenaida Salvador Brígido.

En el comunicado firmado también por los morenistas Sergio Báez Torres, Fermín Bernabé Bahena y Sandra Luz Valencia señala que “en el caso de los arrestos administrativos que propone la ley, se trata de una acto vulnerable y expuesto a una inminente declaratoria de invalidez por violentar derechos humanos. Existen, por ejemplo, excepciones para obligar a los ciudadanos a usar cubrebocas, tales como el padecimiento de trastornos cognitivos, respiratorios o auditivos que interfieran con el uso de la mascarilla, circunstancia que es necesario acreditar y que por ende demanda garantizar el derecho de audiencia”

La propuesta presentada por los integrantes de la Comisión de Salud y Asistencia Social, diputados Cuquita Cabrera, Salvador Arvizu y Zenaida Salvador, establece el uso obligatorio del cubrebocas  para prevenir y contener la transmisión y riesgos de contagio del virus SARS-CoV-2, durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del COVID 19 y  hasta que la autoridad sanitaria competente, declare oficialmente su conclusión. 

De esta manera, se brinda seguridad y certeza jurídica a la población sobre los operativos de los Guardianes de la Salud, como parte de las autoridades sanitarias de las cuales dispone la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS), para fomentar el uso correcto de cubrebocas, así como la inspección y vigilancia a los establecimientos comerciales, industriales, negocios y en general en la vía y espacios públicos. 

Así, se establece que el uso del cubrebocas será obligatorio para todas las personas que se encuentren en vías y espacios públicos, entorno al aire libre, al interior de establecimientos ya sea públicos o privados; así como para usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte público. 

Cabe señalar que la obligatoriedad del uso correcto del cubrebocas, no sustituye otras medidas sanitarias tales como la sana distancia, no saludar de mano, beso o abrazo; cubrirse con alguno de los ángulos del brazo al toser o estornudar; evitar tocarse la nariz, la boca, los ojos y la cara en general, así como el lavado frecuente de manos con agua y jabón, el uso de gel antibacterial y demás medidas sanitarias que hayan emitido o emitan las autoridades sanitarias correspondientes. 

Que con la finalidad de fortalecer el proyecto presentado por el Titular del Poder Ejecutivo, los diputados locales asignaron un Fondo, cuya integración será por las multas recaudadas y cuyo fin será el de dotar de cubrebocas al personal sanitario y grupos en situación de vulnerabilidad. 

Además, como un punto de ejecución a la Ley, se propone el establecimiento de 7 días naturales para que se informe a la población sobre el contenido de la misma, se capacite a las autoridades sobre su actuación y se dé el mismo plazo, para no ejecutar ningún tipo de sanción o multa. 

Con la aprobación de esta Iniciativa se fortalecen los lazos institucionales que permitan coadyuvar en la atención y contención de la contingencia sanitaria del Virus SARS-CoV2 en Michoacán, conteniendo en el proyecto argumentos jurídicos, sociales y de salubridad general que motivan acertadamente a la protección y defensa de las libertades fundamentales y derechos humanos, en especial del derecho a la salud.

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