*PIDE PRESIDENTA DEL IEM, DERECHO DE RÉPLICA.
*CONTRARRÉPLICA A LA PRESIDENTA DEL IEM.
*¿QUÉ POLÍTICOS USUFRUCTÚAN LA CEDH?
Columna Política «Bajo la Lupa», Por Armando Saavedra (14-VIII-2020).- En nuestra entrega del pasado 10 de agosto, señalamos que, a consecuencia de omisión e irresponsabilidad de funcionarios del Instituto Electoral de Michoacán, se había ocasionado el fallecimiento de un trabajador de ese instituto, víctima del COVID19 o SARS-CoV-2 y el contagio de otro trabajador más, a raíz de ser comisionados a la Ciudad de Lázaro Cárdenas.
En esa tesitura, a través de mi compañero conductor del programa “La Pedrada” FERNANDO PALACIOS, se me hizo llegar vía electrónica, el oficio número IEM-P-310/2020, de fecha 11 de agosto del 2019, suscrito por la presidenta provisional del instituto Electoral de Michoacán ARACELI GUTIÉRREZ CORTÉS, en el que solicita el “derecho de réplica” que señala el numeral 10 de la Ley Reglamentaria del artículo 6º, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En esa tesitura y en cumplimiento a lo dispuesto por la normatividad invocada por la solicitante, en el mismo espacio en que se publicó lo que ella considera agravio, damos publicidad al texto que anexa como “réplica”.
RÉPLICA A LA NOTA TITULADA
“OMISIÓN E IRRESPONSABILIDAD CAUSA MUERTES EN EL IEM”
La publicación de la nota a la que hoy se presenta esta réplica, falta a la verdad y se ataca el honor de las personas y del Instituto Electoral de Michoacán, ya que sin elementos probatorios se hacen afirmaciones falsas. Es falso que el Instituto no tenga protocolos de protección para el personal frente a la contingencia sanitaria que hoy vivimos, pues desde el 20 de marzo del presente año, el personal del Instituto está laborando desde casa y únicamente ese están llevando a cabo guardias presenciales para la recepción de documentos.
De igual forma, es falso que las y los funcionarios sean enviados a comisiones sin procurar protocolos y provisiones de protección frente a la contingencia; el instituto cuenta con un protocolo de seguridad sanitaria que fue debidamente notificado a todo el personal; de igual forma, se les ha dotado de cubrebocas, caretas duras, sprays sanitizantes, guantes y gel antibacterial; se les realiza la toma de temperatura cuando ingresan a la institución y se les han informado todas las medidas de seguridad; aunado a lo anterior, para cualquier actividad presencial se ha asumido como un criterio fundamental la manifestación de voluntad de las y los trabajadores, con el objeto de cuidar las condiciones personales, familiares y de salud de cada uno.
También es falso que, se hayan notificado malestares y que estos se hubieran ignorado; de hecho, como parte del protocolo de seguridad sanitaria, las y los trabajadores del instituto están obligados a notificar a sus superiores jerárquicos, cualquier malestar físico y de salud a efecto de que se tomen las medidas pertinentes; es falso que se haya amenazado a alguien (cuyo nombre se omite por respeto) con perder su trabajo por manifestar problemas de salud; y es falso también, que otra de las personas referidas en la nota, se encuentre grave e internada.
Finalmente, tanto el protocolo de seguridad sanitaria, como los distintos acuerdos emitidos por la Junta Estatal Ejecutiva desde el 20 de marzo para tomar medidas frente a la pandemia COVID-19, están disponibles en nuestra página institucional. Para el Instituto es fundamental el cuidado de su personal, así como el respeto a su dignidad y a sus condiciones particulares, por ello, seguimos trabajando desde casa, comprometidos con el derecho a la salud y el derecho a la democracia.
CONTRARRÉPLICA A LA PRESIDENTA DEL IEM.
Con relación al primer párrafo del escrito firmado por la presidenta provisional del Instituto Electoral de Michoacán, es cierto como lo afirma, la institución a su cargo si emitió el correspondiente “PROTOCOLO DE SEGURIDAD SANITARIA DEL INSTITUTO ELECTORAL DE MICHOACÁN, ANTE LA PANDEMIA PROVOCADA POR EL VIRUS SARS- CoV2 (COVID-19) CORONAVIRUS.”
Sin embargo, habría que señalarle que dicho “protocolo” fue aprobado mediante Sesión Extraordinaria Virtual de la Junta Estatal Ejecutiva del Instituto Electoral de Michoacán el 26 veintiséis de junio de dos mil veinte, cuando el gobernador del estado emitió el decreto que ordenaba el confinamiento obligatorio el 20 de abril del 2019, de manera que la Junta Estatal Ejecutiva reaccionó dos meses después, pues solo acordó algunas medidas preventivas acompañando al gobernador.
Por otro lado, sí es cierto como afirma que “desde el pasado 20 de marzo del presente año, el personal del Instituto está laborando desde casa y únicamente ese están llevando a cabo guardias presenciales para la recepción de documentos”, ¿cómo es que IRVING RAFAEL TOLEDO CAHUE y FRANCISCO NEVÁREZ BAUTISTA, trabajadores del instituto, fueron comisionados a la Ciudad de Lázaro Cárdenas?
Ahora bien, en el título IV de las medidas preventivas para servidores públicos que desempeñen comisiones fuera de las instalaciones del instituto, capítulo primero de las providencias, del citado “protocolo”, se señala lo siguiente:
“Al regreso de la comisión, se deberá elaborar y entregar un reporte que contenga el dato de las personas con quienes tuvieron contacto directo durante el desarrollo de la encomienda.”
Hasta la fecha, autoridades municipales de Lázaro Cárdenas consultadas al respecto, señalan que no recibieron comunicación oficial de que dos trabajadores del instituto que realizaron labores en ese municipio, resultaron positivos al VIRUS SARS- CoV2 (COVID-19), para hacer el seguimiento correspondiente.
tampoco sus compañeros en el propio instituto fueron alertados del contagio de los dos trabajadores, sino hasta que recibieron atención médica, ni se ha exhibido el “reporte” firmado por el trabajador fallecido, que señala el último párrafo de las medidas de seguridad e higiene, establecidas en el multicitado “protocolo”.
Finalmente, en el texto de la “réplica” que suscribe la presidenta del Instituto Electoral de Michoacán, ARACELI GUTIÉRREZ CORTÉS, nunca niega que se haya comisionado a los trabajadores mencionados a la Ciudad de Lázaro Cárdenas, como tampoco niega que se hayan contagiado y mucho menos, niega que uno de esos trabajadores falleció el pasado 31 de julio, como se señala en la columna combatida por la funcionaria electoral.
Este columnista tuvo contacto con la ahora viuda del trabajador fallecido, con el objeto de obtener una declaración sobre las circunstancias en que lamentablemente falleció su esposo, empero, la señora declinó hacer tal declaración, pues sin decirlo literalmente, infirió que fue advertida de no tener contacto con medios de comunicación, so pena de tener “dificultades” para cobrar la indemnización que por ley le corresponde.
¿QUÉ POLÍTICOS USUFRUCTÚAN LA CEDH?
Quiero anunciarles que, en esta columna, estamos haciendo una minuciosa investigación a fin de determinar quienes son los políticos y/o funcionarios públicos que usufructúan la Comisión Estatal de Derechos Humanos, a través de la imposición de funcionarios, empleados y trabajadores, como visitadores, directores, contralor interno, coordinadores, sub coordinadores y varias chambas más que ejercen sus recomendados.
De igual manera, poder determinar que político o funcionario influyó para la designación de los “Consejeros Ciudadanos”, que de ciudadanos nada tienen y saber de cuanto es la “dieta” que cobran estos consejeros, aunque el cargo sea “honorario, con el objeto de explicarnos el porqué es tan codiciada la posición de presidente de dicho órgano autónomo. Se van a sorprender.