CDMX, 23 de octubre del 2024.- A nombre de los grupos de Morena en ambas cámaras, el coordinador Adán Augusto López Hernández presentó ante el pleno del Senado una reforma constitucional para establecer que las modificaciones a la Carta Magna no puedan ser objeto de amparo ni de ningún otro recurso jurídico que trate de detenerlas o echarlas abajo.
La iniciativa, que surge en medio de la confrontación de los poderes Ejecutivo y Legislativo con el Judicial, tiene efectos retroactivos. Establece que todos los juicios, recursos y consultas en contra de alguna modificación a la ley suprema, presentadas hasta el momento, y las que estén en curso, quedarán sin materia y serán sobreseídas en cuanto se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Morena y sus aliados en el Senado actuaron con gran celeridad y según confirmó el presidente de esa cámara, Gerardo Fernández Noroña, el objetivo es aprobarla este miércoles en comisiones y el jueves votarla en el pleno.
De inmediato, los grupos de PAN, PRI y MC manifestaron su rechazo total a esa reforma, con la que los legisladores de la 4T pretende acabar con la cascada de recursos contra la reforma judicial, así como los apremios que una jueza ha formulado a la presidenta Claudia Sheinbaum.
Priístas, panistas y emecistas advirtieron que ninguna modificación legal puede tener efectos retroactivos, y menos cuando se trata de derechos humanos. Lo que hoy pretende el oficialismo y Morena es una locura y un atropello a la ley, comentó el dirigente del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas. Además, agregó, es un reconocimiento de que la Suprema Corte de Justicia sí tiene facultades para revisar la reforma al Poder Judicial.
Coincidió con lo anterior la coordinadora de los senadores del PAN, Guadalupe Murguía: lo que se busca es establecer un régimen autoritario.
Sin que estuviera en la Gaceta Parlamentaria, López Hérnández presentó la iniciativa que, declaró, tiene la finalidad de reforzar el sentido de la Constitución general ante los intentos recientes de burlar sus postulados.
De entrada, comentó que las reformas o adiciones a la Constitución general son la expresión más alta de la voluntad soberana del pueblo e incluso, de acuerdo con la propia Suprema Corte de Justicia, no pueden ser impugnadas.
Expuso que de acuerdo con el artículo 135 Constitucional, el Poder Judicial tiene a su cargo la defensa de la Carta Magna a través de la interpretación y aplicación de la misma, pero no de su modificación.
De acuerdo con ese artículo, no compete al Judicial impedir el cambio constitucional, ni modificar la voluntad soberana del pueblo.
Enumeró luego las modificaciones propuestas. Al artículo primero, que establece ahora que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales, favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia, se le agrega: pero en ningún caso pueden ser inaplicables por medio de control de convencionalidad.
En el artículo 103 constitucional se indica que no cabe juicio o procedimiento alguno, en ningún caso en la forma, procedimiento y estructura de las reformas o adiciones a la Constitución. En el 105 se declaran improcedentes las controversias o acciones de inconstitucionalidad y las que busquen controvertir resoluciones de autoridades electorales.
Los cambios al artículo 105 llevan a la Carta Magna la disposición que está en ley ahora de que no proceden el juicio de amparos contra todo el proceso legislativo de reformas constitucionales en materia electoral. Menos de 24 horas después de que se presentó la iniciativa, se dictaminará hoy durante una reunión de las Comisiones de Puntos Constituciones y Estudios Legislativos, que comienza a las 11 de la mañana.