Morelia, Michoacán, a 12 de octubre del 2022.- (646). La 75 legislatura de Michoacán impulsa el sustento jurídico que prohíba la discriminación a personas por su orientación sexual o identidad de género.
Las y los integrantes del Poder Legislativo, aprobaron el dictamen con Proyecto de Acuerdo a fin de que se presente a la cámara de diputados del Congreso de la Unión, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el quinto párrafo del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En ese sentido, el quinto parrafo del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quedaría de la siguiente forma “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
De esta forma es que se busca garantizar que todas las personas, al margen de su sexo, orientación sexual e identidad de género, ejerzan su derecho a disfrutar de la protección establecida desde el parámetro convencional y constitucional en materia de derechos humanos, incluido el respeto al derecho a la vida, seguridad de la persona e intimidad, el derecho a estar libre de tortura, arresto y detención arbitrarios, a estar libre de discriminación y a la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica.