• El titular de la Procuraduría será nombrado y removido por el Gobernador del Estado y se asignará presupuesto a partir del siguiente ejercicio presupuestal, determina el dictamen, entre otros puntos.
Morelia, Michoacán, 29 de junio de 2022.- (378). El Pleno de la 75 Legislatura de Michoacán aprobó el dictamen para crear la Procuraduría de Protección y Representación del Adulto Mayor, órgano que velará con respeto, calidez y dignidad, por el cuidado y atención de las múltiples necesidades que vive este sector en cada rincón del estado.
En la exposición de motivos, las y los legisladores integrantes de la Comisión de Derechos Humanos, coincidieron además en la necesidad de construir entornos físicos con una perspectiva gerontológica y una visión intergeneracional en el diseño de protocolos de protección civil, para marcar procesos de actuación en caso de sufrir situaciones de violencia; contingencias o emergencias.
Conforme al dictamen, la Procuraduría de la Defensa y Representación del Adulto Mayor, será un órgano especializado del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, DIF, que contará con autonomía técnica y de gestión; el cual tendrá como objetivo la atención a las personas adultas mayores en situación de riesgo o desamparo.
Entre sus atribuciones se encuentra, impulsar y promover el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos políticos, económicos y sociales de las personas adultas mayores; promover ante la autoridad competente cualquier trámite, querella, denuncia o demanda, en la vía Civil, Familiar, Mercantil, Administrativa, Penal y Laboral, cuando la persona adulta mayor no tenga los medios económicos o por impedimento físico y que no pueda valerse por sí misma.
Conforme al dictamen, el titular de la Procuraduría será nombrado y removido por el Gobernador del Estado; el presupuesto designado a la Procuraduría de Protección y Representación del Adulto Mayor, deberá incluirse a partir del siguiente ejercicio presupuestal; mientras que el Ejecutivo Estatal y los Gobiernos Municipales contarán con noventa días a partir de la entrada en vigor del Decreto, para nombrar al titular de la Procuraduría de Protección y Representación del Adulto Mayor y al Director del CEMAIPAM respectivamente.