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Necesario homologar legislación local con federal para inhibir consumo de tabaco: Gloria Tapia.

Morelia, Mich. a 13 de marzo de 2022.- (104). En Michoacán se debe homologar la legislación local con la federal, a fin de inhibir el consumo de tabaco y concientizar a la población sobre los efectos negativos que genera en la salud, subrayó la diputada Gloria Tapia Reyes, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en el Congreso del Estado.

En el marco de la conmemoración del Día Michoacano Sin Fumar, la diputada local por el Distrito de Zitácuaro, resaltó que tras el decreto de promulgación de la reforma a la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT), en la entidad se debe realizar las adecuaciones en la materia, ya que, si bien Michoacán es pionero en la prevención del consumo de tabaco, es necesario involucrar a las autoridades locales, como establece la norma federal.

La diputada local reconoció el trabajo que realiza la Secretaría de Salud de Michoacán (SSM), a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris), a fin de alertar a la población sobre riegos para la salud que ocasiona el consumo del tabaco.

Consideró positivo que se prohíba la publicidad de productos de tabaco y se establezcan espacios 100 por ciento libres de humo, en donde Michoacán desde años atrás ya había avanzado de manera significativa al legislar en la materia.

De acuerdo a las cifras oficiales en México hay poco más de 17.3 millones de fumadores. La Coepris señala que, en México, se estima que mueren diariamente entre 122 y 165 personas debido a enfermedades derivadas del consumo de tabaco, lo que convierte a esta adicción en un grave problema de salud pública.

El tabaquismo es la primera causa de muerte prevenible y está relacionada con enfermedades como el cáncer de pulmón, algunos padecimientos respiratorios como la neumonía, bronquitis y las enfermedades cardiovasculares.

En ese sentido, Gloria Tapia dijo que, tras la promulgación de reforma a la Ley General para el Control del Tabaco, en el que se establece espacios 100% libres de humo y emisiones de tabaco y control estricto de la publicidad y patrocinio, es necesario que todos los Congresos Locales del país armonicen su legislación, además de que los estados y municipios no escatimen esfuerzos en las acciones preventivas para disminuir el consumo del tabaco desde la niñez.

En la norma federal se establece que queda prohibido que cualquier persona consuma o tenga encendido cualquier producto de tabaco y nicotina en los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, en los espacios cerrados, los lugares de trabajo, el transporte público, espacios de concurrencia colectiva, las escuelas públicas y privadas en todos los niveles educativos y en cualquier otro lugar con acceso al público, además de que se establece la responsabilidad de las autoridades estatales y municipales, las que deberán emitir reglamentos y cumplir con las disposiciones.

Será responsabilidad de todas y todos atender lo establecido en la Ley General para el Control de Tabaco y Ley de Protección de los Fumadores del Estado de Michoacán y del Poder Legislativo homologar la legislación.

En la Ley General para el Control del Tabaco, se establece que los gobiernos de los estados y de los municipios, deberán adecuar sus leyes, reglamentos, bandos y demás disposiciones jurídicas, además del Congreso del Estado, por lo que celebró que en el caso de la Secretaría de Salud de Michoacán ya se esté realizando el trabajo correspondiente.

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