Columna Política «La Feria», Sr. López (13-V-2020).- No había niño de la generación de este menda al que le gustara ir a casa de tía Lucrecia (tía Lucas le decía el impresentable primo Pepe), pues la santa señora cambiaba sin previo aviso las reglas de su casa según el humor con que se hubiera levantado. Lo que estaba prohibido una vez, a la siguiente estaba bien; lo que la enojaba ayer, hoy le era indiferente. Y así era francamente incómodo visitarla, siempre salía uno regañado. En cambio, con la subcomandante Yolanda, en el Centro de Adiestramiento en que fue domado este López, la cosa era más fácil: todo estaba prohibido, para todo había que pedir permiso. Más fácil.
“Abrazos, no balazos”, fue una de las frases más llamativas durante la campaña por la presidencia de la república de quien resultó ganador y por tanto, nuestro Presidente, nos guste o no nos guste a los que no nos gusta.
El entonces candidato, luego Presidente electo y desde diciembre 1 de 2019, Presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, hizo suertes charras con la estrategia de seguridad vigente desde el sexenio de Felipe Calderón y se bailó jarabes y zapateados sobre la decisión de que nuestras fuerzas armadas participaran en esa tarea que según él, correspondía exclusivamente a los civiles, desconociendo o haciendo como que no sabía que la Constitución tiene previsto eso, precisamente eso, según reza en su artículo 89, fracción VI (se lo copio para que no tenga la molestia de consultar su ejemplar de la Constitución que como buen ciudadano, seguro tiene a la mano):
“Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes (…) VI. Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación”.
¿Así o más claro?: el Presidente tiene la facultad y obligación de disponer de la totalidad del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior (y lo de la ‘ley respectiva’, se refiere a eso de ‘preservar la seguridad nacional’, no enreden gramáticos de ocasión, por favor, por favorcito). Claro que si el Presidente no considera que la delincuencia organizada perturbe la seguridad interior de nuestra risueña patria, pues no llama a los militares y ya.
Pero como se trataba de transformar al país, el Presidente dijo que iba a regresarlos a sus cuarteles y al cuarto mes de estar al frente del poder Ejecutivo, el 26 de marzo de 2019, emitió el decreto que reformó la Constitución Política del país, abriendo paso a la creación de la Guardia Nacional.
Ese decreto en su artículo 21, párrafo noveno, dispone: “Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional” (¡uy, qué emoción!); entró en vigor al día siguiente de su publicación, hace un año, un mes y 16 días… y la Guardia Nacional nació, gallarda (cómo no, si son casi todos militares), a los dos meses, el 27 de mayo de 2019, cuando se emitió la ley que la creó, quedando bajo las órdenes del secretario de Seguridad Pública, en este caso, el tal Alfonso Durazo (afamado buscachambas, bueno para un barrido o para un fregado, sin ninguna experiencia en la especializada y delicadísima materia de la seguridad pública… ¡qué cara dura!).
Ahora, antes de un año del feliz parto de los montes, el Presidente decide que regresen (pero, ¡ya!), los militares a cuidar de la seguridad pública, eso sí, bajo las órdenes de don Durazo, de aquí al 26 de marzo de 2024, según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (en vigor desde el lunes 11 de mayo de este ‘annus horribilis’ 2020).
Todo moviendo una coma, de ‘abrazos, no balazos’, a ‘abrazos no, balazos’. Sin miedo al ridículo: ya los desbordó la delincuencia organizada, no nada más por el número de asesinatos, sino por su fortalecimiento y expansión regional.
Por supuesto vale, pues la Constitución como ha quedado dicho, así lo dispone en su artículo 89, fracción VI; pero al modificar el artículo 21 de la Constitución el 26 de marzo de 2019, para abrir paso a la Guardia Nacional, agregaron en sus artículos transitorios uno que dice:
“Quinto. Durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.
El Ejecutivo Federal incluirá un apartado sobre el uso de la facultad anterior en la presentación del informe a que se hace referencia en la fracción IV del artículo 76”.
Es cosa seria: el apartado a que se refiere la fracción IV del artículo 76, es el que faculta en exclusiva al Senado para “analizar y aprobar el informe anual que el Ejecutivo Federal le presente sobre las actividades de la Guardia Nacional”; ahora habría que revisar si el Presidente en su Primer Informe al Congreso sobre el estado que guarda la administración pública, incluyó el apartado sobre el uso de la facultad para disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad, para aprobación del Senado. Si no lo hizo, no es legal el decreto que regresa a los militares a la calle, por más que esté previsto por la Constitución. La 4T se puso elegante y agregó cotas a la facultad presidencial de recurrir a las fuerzas armadas, ahora a tragarse sus palabras y cumplir la ley que aprobaron.
Como sea: la intervención de las fuerzas armadas es urgente; el Covid pasará, la crisis económica viene de temerse y ese es el caldo de cultivo idóneo para la delincuencia. Lo saben, por eso el impudor de este salto atrás. Ahora nomás falta que Felipe Calderón termine de carcajearse y pida que se disculpen con él, ya ven que está de moda.
Y los de Morena con tanta machincuepa, van a acabar siendo el partido Maroma.