Morelia, Mich., 27 de enero de 2020.- El trámite de reposición de Tarjeta de Circulación, puede realizarse en cualquiera de las Oficinas de Rentas de la Secretaría de Finanzas y Administración (SFA), de Michoacán, ubicadas en los 113 municipios del Estado; es requisito indispensable la presencia del dueño del vehículo.
Actualmente, la SFA cuenta con una Tarjeta de Circulación mejorada con sistemas de seguridad como hologramas y Código de Respuesta Rápida (QR), que permitirá almacenar toda la información referente al dueño y al vehículo.
Por lo anterior, la administración del Gobernador Silvano Aureoles Conejo, a través de la Dirección de Recaudación de la SFA, invita a la población en general a realizar el cambio de este documento, que proporcionará mayor seguridad en situaciones que se requiera el uso de identificación de personas y vehículos.
La Tarjeta de Circulación, puede ser renovada en diferentes casos, como puede ser el caso de robo o extravío, los requisitos son presentar una identificación oficial vigente, estar al corriente en los pagos del impuesto de Refrendo Vehicular y acudir a la Oficina de Rentas más cercana a su localidad a dar aviso.
Cuando la reexpedición de la tarjeta de circulación se requiere por cambio de domicilio, es obligatoria la entrega del documento anterior y de un comprobante del domicilio actual, en original y copia con una periodicidad no mayor a 90 días.
Si el comprobante de domicilio está a nombre de un familiar en línea directa, deberá anexarse además una fotocopia legible de su identificación oficial.
Para las personas que por cambio de motor o color del vehículo, requieran de este trámite, deben presentar la Tarjeta de Circulación anterior, así como la Factura del Motor con Número de Serie, o manifestar el color del vehículo en la ventanilla de la Oficina Recaudadora de Rentas, según sea el caso.
Para las personas morales, los requisitos son Acta Constitutiva, subrayando el nombre del Representante Legal en funciones, e Identificación Oficial del mismo.
En ningún trámite administrativo, la SFA admite la gestión de trámites por parte de negocios o personas ajenas al vehículo. La representación de las personas físicas y morales ante las autoridades fiscales, se hará mediante escritura pública o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante notario público.
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