Morelia, Mich., 09 de julio del 2019.- En sesión ordinaria, el Pleno de la LXXIV Legislatura aprobó reformas al Código Penal, para precisar y hacer aplicables las sanciones por delitos de violencia contra las mujeres. El dictamen presentado por los diputados integrantes de la Comisión de Justicia, en relación a la iniciativa presentada por el diputado Baltazar Gaona, la necesidad de reformar el artículo 31 del Código Penal, con el fin de elevar de 40 a 50 años la pena máxima en las condenas privativas de libertad, impuestas a delitos graves. Lo anterior, atendiendo a que el artículo 120 del Código Penal, establece la pena de privación de la libertad hasta por cincuenta años, a quien cometa el delito de feminicidio. Sin embargo, actualmente el artículo 31 del Código Penal, establece que la sanción por delitos graves no será menor de seis meses, ni mayor de cuarenta años, por lo que resulta necesario, ajustar y precisar la sanción que establece dicho ordenamiento. Asimismo, el Pleno aprobó el dictamen presentado por las comisiones unidas de Justicia y Gobernación, por el que se reforman diversos ordenamientos en relación a la nomenclatura correspondiente a la Fiscalía General del Estado. Cabe señalar que con la aprobación de las reformas a diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Michoacán, se transformó la figura de la Procuraduría General de Justicia del Estado en Fiscalía General del Estado. Derivado de lo anterior, y con el propósito de llevar a cabo la armonización y adecuación de todos los ordenamientos legales aplicables se reforman la Ley de Adopción; Ley de Amnistía; Ley de Atención a Víctimas; Ley de Ejecución de Sanciones Penales; Ley de Extinción de Dominio; Ley de Justicia Alternativa y Restaurativa; Ley de Justicia Comunal; Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y Ley de la Defensoría Pública y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. De igual forma, se reforma la Ley de Protección Integral a las Personas Adultas Mayores; Ley de Responsabilidad Ambiental; la Ley de Responsabilidades Administrativas; Ley de Seguridad Privada; Ley del Instituto Michoacano de Investigación Forense; Ley del Notariado; Ley del Sistema Estatal Anticorrupción; Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública y Ley para la Administración de Bienes Asegurados y Decomisos, entre otros. |
Ver también
Inseguridad ahuyenta inversionistas (Columna Política «El Francotirador»)
*Ramírez Bedolla es una maldición para Michoacán.*Es tiempo de la salida de Alfredo Ramírez.*Señor gobernador, …