Morelia, Mich., 29 de mayo de 2019.- La fracción parlamentaria de Morena propuso la creación de la Defensoría Jurídica para la Protección de los Derechos Político-Electorales de las Mujeres Electas en Michoacán, para facilitar el proceso que permite a las mujeres, acceder y desempeñar plenamente el cargo por el que fueron votadas, y así, poder realizar las competencias atribuidas a sus funciones constitucionales y legales, en condiciones de igualdad material, principalmente respecto de los hombres que también ostentan cargos públicos.
Para ello, a nombre de la fracción, la diputada Cristina Portillo Ayala presentó la iniciativa de reforma y adición al Código Electoral de Michoacán, que faculta al Congreso del Estado de Michoacán para crear en el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, dicha defensoría Jurídica que, además busca, inhibir actos violatorios, y que facilite el procedimiento para que la persona que incurra en los mismos sea sancionada.
El artículo 69, inciso d). del Código Electoral del Estado de Michoacán, establecería lo siguiente: “El Tribunal contará con una Defensoría Jurídica para la Protección de los Derechos Político-Electorales de las Mujeres Electas, con autonomía técnica y operativa, cuya finalidad es brindar de manera gratuita a las mujeres que ejerzan cargos públicos de elección popular, los servicios de asesoría y defensa de su derecho político electoral en la vertiente de ejercicio del cargo”.
Dicha defensoría será “… una instancia accesible a las mujeres electas en el Estado de Michoacán, para trámite, seguimiento y conclusión del Juicio para la protección de los derechos político-electorales”.
Portillo Ayala señaló que “… los servicios de la Defensoría deberán prestarse bajo los principios de austeridad, probidad, honestidad, honradez, imparcialidad, independencia, rendición de cuentas y transparencia”.
En el mismo artículo 69, inciso i), se establecen las condiciones de operación: “La Defensoría se integrará por el personal siguiente: I Un Titular, el cual será nombrado por el Pleno del Tribunal a propuesta de su Presidente; II Un mínimo de dos defensoras o defensores; III. El personal de apoyo necesario para el cumplimiento de sus atribuciones de conformidad con el presupuesto autorizado. En dichas designaciones se deberá garantizar la paridad de género”.
Agregó la legisladora de Morena que “… la Defensoría deberá actuar con la máxima diligencia, esmero y cuidado, a efecto de salvaguardar los derechos político-electorales de las mujeres electas, guardando la debida reserva de la información y de los datos personales que se conozcan con motivo de la defensa o asesoría electoral que presten”.
Portillo Ayala, al exponer la iniciativa, explicó que la Convención Americana de Derechos Humanos, estableció el compromiso de los Estados firmantes, como es el caso de México, apara adoptar con arreglo a sus procedimientos constitucionales, las medidas legislativas y otras necesarias, para hacer efectivos entre múltiples derechos y libertades, los derechos político-electorales de votar y ser votado, que, privilegian el principio de paridad, pues a través de su pleno ejercicio se protege a las mujeres desde su aspiración a una candidatura, y posterior postulación, campaña política, y sobre todo, en el desempeño del cargo.
Recordó que apenas el 14 de mayo de 2019, el Senado de la República de México, aprobó unánimemente en lo general y lo particular, el dictamen que reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad de género, para garantizar el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres en todo el país.
En estas condiciones, la paridad de género se aplicará a los partidos políticos, órganos autónomos y en cualquier entidad, órgano u organismo que ejerza funciones de autoridad pública, en los ámbitos de la federación, entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México.
La modificación constitucional también incluye el principio de paridad de género, en la elección de representantes ante los ayuntamientos en los municipios con población indígena.
La presidenta de la Comisión de Gobernación del Congreso de Michoacán, sostuvo que en México, la violencia política de género es un problema de orden público, ancestral y aún vigente, que exige de los órganos electorales garante, la máxima atención, y que, por su ámbito de competencia, están obligadas a prevenir, investigar, sancionar y reparar una posible afectación a los derechos políticos y electorales de la mujer mexicana.
Hay un avance en la materia, pues en 2014, México estableció una referencia muy importante, al crear y operar el Protocolo Judicial Federal para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (que se renovó en 2017), con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación como su principal autoridad.
En la elección de 2018, mas de 4 mil candidatas participaron en por algún puesto de elección popular. A pesar de las amenazas, violencia, presiones, y decisiones políticas que violentaron los derechos de las mujeres, solo se presentaron 38 casos de violencia política por motivos de género derivados de esos comicios, y solamente tres dieron como resultado medidas de protección.
Así es del problema de la violencia político electoral contra las mujeres en nuestro país, finalizó.