Columna «Bajo la Lupa», Por Armando Saavedra (17-X-17)
SILVANO HA HECHO 31 CAMBIOS EN SU GABINETE
Desde el 1 de octubre del 2015 en que tomó posesión del cargo de gobernador del estado, SILVANO AUREOLES CONEJO ha realizado 31 cambios de funcionarios en su gabinete legal y ampliado, en tres etapas. La primera la realizó el 10 de octubre del 2016, un año y 10 días después de su toma de posesión, en la que cambió a sus primeros 8 funcionarios de los que solo 2 fueron readscritos.
La segunda “hornada” de cambios o ajustes en su gabinete, la anunció el gobernador AUREOLES el 3 de abril del 2017, cambiando a 10 funcionarios del gabinete legal y del ampliado, de los 10 cambios, 5 de ellos fueron ubicados en otras posiciones, pero no salieron de la administración pública, caso contrario con los otros 5.
Este lunes 16 de octubre, se dio la tercera “hornada” de cambios en el gabinete silvanista, determinando el titular del poder ejecutivo el relevo de 13 funcionarios públicos, de los cuales 8 ya no tuvieron lugar en la administración pública y 5 fueron reubicados.
¿QUIÉN SUSTITUIRÍA A SILVANO?
Ha sido el propio titular del poder ejecutivo SILVANO AUREOLES CONEJO quien señaló que, de darse las condiciones, solicitaría licencia al cargo de gobernador del estado el 12 de diciembre próximo; así las cosas, la pregunta que se hace la sociedad michoacana y particularmente la clase política es: ¿Quién sería el sustituto temporal o definitivo del gobernador AUREOLES?
Como un ejercicio, debemos echarle un ojo al texto constitucional para poder darnos una idea de lo que nos deparara el destino de darse la licencia de AUREOLES CONEJO y al respecto nuestra constitución señala lo siguiente en sus artículos 49 y 50 lo siguiente:
Artículo 49.- Para ser Gobernador se requiere:
I. Ser ciudadano michoacano en pleno goce de sus derechos;
II. Haber cumplido treinta años el día de la elección;
III. Haber nacido en el Estado o tener residencia efectiva no menor de cinco años anteriores al día de la elección.
Artículo 50.- No pueden desempeñar el cargo de Gobernador:
I.- Los individuos que pertenezcan o hayan pertenecido al estado eclesiástico o que hayan sido o sean ministros de algún culto religioso;
II.- No pueden ser electos para ocupar el cargo de Gobernador:
a) Los que tengan mando de fuerza pública;
b) Aquellos que desempeñen algún cargo o comisión del Gobierno Federal;
c) Los titulares de las dependencias básicas del Ejecutivo, los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia, del Tribunal de Justicia Administrativa y del Tribunal Electoral; los Consejeros del Poder Judicial; y,
d) Los consejeros y funcionarios electorales federales o estatales, a menos que se separen un año antes del día de la elección.
Las personas a que se refieren los incisos a), b) y c), anteriores, podrán ser electas si se separan de sus cargos noventa días antes de la elección.
(Reformado mediante decreto No. 316, publicado el 25 de junio de 2014)
NINGUNO DE LOS ACTUALES FUNCIONARIOS
En efecto, de la simple lectura de lo que dispone el último párrafo del inciso d) del artículo 50 de nuestra constitución, sí el gobernador SILVANO AUREOLES CONEJO solicita licencia al cargo el 12 de diciembre como lo anunció, la totalidad de los actuales funcionarios del gabinete legal, están impedidos para ser electos por el congreso como gobernador del estado, pues al 12 de diciembre, ninguno tendría los 90 días fuera de la administración estatal.
Esta norma constitucional puede estar sujeta a una infinidad de “interpretaciones” pues no es la primera vez que es violada al argumentar los diputados en turno, que no se trata de una “elección” sino que se trata de una “designación” y, por lo tanto, la reglas para “designar” son otras, pudiendo así, violar la constitución, sin embargo, el artículo 56 de la carta magna michoacana establece lo siguiente:
Artículo 56.- La designación de Gobernador Provisional, Interino y Substituto debe recaer en persona que reúna los requisitos a que se refiere el artículo 49 y que no esté comprendida en alguna de las prohibiciones aplicables de los artículos 50 y 52 de esta Constitución.
SOLO ADRIAN LÓPEZ SOLÍS
La excepción del actual gabinete sería el actual secretario de gobierno, siempre y cuando la licencia del gobernador AUREOLES CONEJO fuera de 30 días o menos, pues así lo dispone la constitución en su artículo 57 párrafo tercero que a la letra dice:
Cuando la falta del Gobernador fuese temporal, el Congreso del Estado designará un Gobernador Interino para que despache durante el tiempo que dure la falta; si ésta no excede de treinta días, el Secretario de Gobierno se encargará del despacho del Poder Ejecutivo, y a falta de éste lo hará el Secretario de Finanzas.
DA RISA LA DESESPERACIÓN DE FAUSTO
Es tal la desesperación de estar en la palestra política y demostrar no sé a quién, que aún conserva control político en el municipio de Morelia del ex gobernador FAUSTO VALLEJO Y FIGUEROA, que recurre a organizarse eventos que rayan en lo ridículo, como el que se auto organizó con su compadre WILFRIDO HERRERA CALDERÓN quien es dueño de lo que se conoce como Pentatlón Deportivo Militarizado Universitario de la zona XVI/ A Michoacán.
En efecto, en días pasados, el DR. WILFRIDO HERRERA CALDERÓN organizó un evento dizque de aniversario del pentatlón y como número central del acto, entregó un “reconocimiento” a su compadre FAUSTO VALLEJO Y FIGUEROA por “su generosa contribución al desarrollo del pentatlón”
WILFRIDO HERRERA BENEFICIARIO DE FAUSTO
Las ligas entre FAUSTO VALLEJO y el DR. WILFRIDO HERRERA CALDERÓN no solo se constriñen al compadrazgo, sino que HERRERA fue designado por VALLEJO en su administración como director del Centro Estatal de Oncología del que fue obligado a renunciar por serias acusaciones de que “pirateaba” pacientes con cáncer y los enviaba a su clínica particular.
Cuando afirmo que WILFRIDO HERRERA CALDERÓN es un beneficiario de VALLEJO Y FIGUEROA es porque tengo “los pelos de la burra en la mano”, ya que, en el año 2000, siendo FAUSTO VALLEJO oficial mayor en el gobierno de VICTOR MANUEL TINOCO RUBI, otorgó en comodato a WILFRIDO HERRERA CALDERÓN un predio de 800 metros cuadrados ubicado en las calles de Francisco M. Díaz y Jesús Villanueva en el entonces fraccionamiento Parcelas del Quinceo, ahora Fraccionamiento Ex-Gob. Gildardo Magaña, en donde construyó el conocido Instituto Michoacano de Cancerología.
AUDITORÍA SUPERIOR ORDENA RESCINDIR COMODATO
El comodato al doctor WILFRIDO HERRERA CALDERÓN, beneficiario directo de FAUSTO VALLEJO está inmerso en un gran “sospechosísimo”, pues la Auditoría Superior del Estado ordenó se rescindiera el contrato de comodato, en virtud de que en ese instrumento jurídico, se establece que se trataría de instalar una “clínica para atención de personas de escasos recursos económicos” lo cual no ocurre en el llamado “Instituto Michoacano de Cancerología” propiedad de HERRERA CALDERÓN, donde cobran carísima la atención a pacientes con cáncer.
Lo mandatado por la Auditoría Superior de Michoacán fue el resultado de la auditoría número DASC/AL-DPE/AUD-023/2012 en la que se practicó “Auditoría a los procesos organizacionales de la Dirección de Patrimonio Estatal, por el ejercicio 2012 y de enero a junio del 2013, solo que lo ordenado por la ASM no se cumplimentó, en virtud de que ya estaba en la titularidad del Poder ejecutivo el señor FAUSTO VALLEJO, por lo que se “congeló” lo ordenado y no solo eso, sino que se realizó un “informe” que señala que sí se otorgan servicios a personas de escasos recursos económicos, evitando así, la rescisión del comodato referido.
En la dirección de patrimonio estatal existe otro “informe” que señala que el DR. WILFRIDO HERRERA CALDERÓN no se conformó con sus 800 metros en comodato otorgado por FAUSTO VALLEJO, sino que “invadió” otros predios junto a los de su “comodato”, pero como estaba en el gobierno como director del Centro Estatal de Oncología y su compadre era el gobernador del estado, ninguna autoridad se le quiso enfrentar.
Es así el origen del “reconocimiento” que el pentatlón militarizado que dirige WILFRIDO HERRERA CALDERÓN otorgó al ex gobernador michoacano, pues dicho reconocimiento “es poco” para las contraprestaciones que ha obtenido de su compadre FAUSTO VALLEJO Y FIGUEROA.