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Convoca el Consejo Supremo Indígena de Michoacán a reunión de trabajo

15 de junio del 2017.- El Consejo Supremo Indígena de Michoacán, movimiento de los pueblos originarios, autónomo, apartidista y estatal, representado en la presente convocatoria por las comunidades de Santa Fe de la Laguna, Pichátaro, San Felipe de los Herreros, Zirahuén, Caltzontzin, Sevina, Urapicho, Pamatácuaro, Sicuicho, San Ángel Zurumucapio, Cuanajo, Zopoco, Huecorio, Angahuan, Corupo, Capácuaro, Cocucho, Carapan, Apo del Rosario, Taretan, Tahuejo, Jicalán y la Sección XVIII de la CNTE-SNTE.

CONVOCAMOS

A las Autoridades Civiles, Comunales, Ejidales y Tradicionales de los Pueblos Originarios de Michoacán a participar en la conformación del CONGRESO INDÍGENA DE MICHOACÁN: MÁS DE 500 AÑOS DE RESISTENCIA a celebrarse el día 8 de julio a las 09:00 horas en la comunidad de Zirahuén.

Los pueblos originarios de México, y en especifico los pueblos indígenas de  Michoacán, llevamos más de 500 años de resistencia, hemos participado en todos los grandes procesos históricos del estado, interviniendo cuantitativa y cualitativamente, nutriendo las filas de los ejércitos del Cazonci en la defensa del Señorío, en la resistencia contra la Conquista, en las rebeliones contra la colonia en Pátzcuaro en 1766, en la lucha por la Independencia, en la rebelión armada de la Revolución y en las batallas por la Tierra y el Trabajo Comunal.

Hemos resistido sistemática e históricamente los ataques de los colonialistas, que nos arrebataron nuestra libertad, de los liberales y conservadores que intentaron quitarnos nuestras tierras comunales, de los positivistas que intentaron borrar nuestra cultura, historia e idioma, y ahora resistimos los embates de los neoliberales, que buscan a toda forma quitarnos nuestro territorio y recursos naturales, mismos que hemos resguardado durante miles de años. Nosotros orgullosamente somos sujetos históricos, sujetos jurídicos y sujetos de conocimiento. Bajo el anterior marco, convocamos al Congreso Indígena de Michoacán bajo los dos siguientes ejes iniciales y mesas de Trabajo:

A) La Autoidentidad y Autoadscripción como comunidad indígena, contemplada los artículos: 1 del Convenio 169 de la OIT, 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 3 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán, para ser reconocidos por el Congreso del Estado de Michoacán como comunidades indígenas.

B) La legislación de la Entrega y Administración del Presupuesto Directo para las comunidades originarias, que se traduce en la conformación de Consejos de Gobierno Comunal y la elaboración de Planes de desarrollo comunales.

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