Morelia, Mich., 28 de abril del 2017.- El Consejo Universitario de la Casa de Hidalgo aprobó el Reglamento de Ingreso para dar mayor certeza y garantizar un proceso ordenado, efectivo y transparente para el ingreso a los programas educativos de los niveles de educación media superior, técnico superior universitario y licenciatura que ofrece la Universidad Michoacana.
Durante la sesión ordinaria del cuerpo colegiado, la cual fue presidida por el rector Medardo Serna González, quedó de manifiesto que la proximidad del festejo del Centenario de la UMSNH es motivo suficiente y una oportunidad para adecuar progresivamente su marco jurídico, tomando como base el principio de autonomía Universitaria, reconocido en el artículo 3o., fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 143 de la particular del estado libre y soberano de Michoacán de Ocampo.
Se destaca en el artículo 3o. del Reglamento que las personas interesadas en ingresar a los programas educativos de los niveles medio superior, técnico superior universitario y licenciatura, deben sujetarse a las condiciones y lineamientos estipulados en la convocatoria de ingreso vigente, disposiciones del Reglamento y legislación universitaria.
Toda persona, sin distinción alguna, podrá aspirar a cursar los niveles medio superior, técnico superior universitario y licenciatura que oferta la Universidad, siempre que cumpla con los términos de la Convocatoria de Ingreso y las disposiciones del Reglamento, establece el artículo 5o.
En tanto, el artículo 6o. refiere que para ser aspirantes y, en caso, alumnos de la Universidad, los interesados deberán cumplir los requisitos del proceso de ingreso.
Los aspirantes que pretendan ingresar a la Universidad, establece el artículo 7o., deben cumplir en tiempo y forma con los términos establecidos en la Convocatoria de Ingreso vigente, en caso contrario, la Casa de Hidalgo procederá a la cancelación del registro respectivo, quedando sin efecto todos los trámites subsecuentes.
Queda claro en el artículo 25 que la Universidad negará o cancelará el registro o inscripción de cualquier aspirante o alumno que incurra en alguno de los siguientes supuestos:
I) Realizar actos que tiendan a debilitar los principios básicos de la Universidad y las actividades universitarias.
II) Incitar o participar en desórdenes que originen la suspensión de labores universitarias o que pongan en peligro el prestigio de la Universidad.
III) Realizar actos que afecten el honor o la moralidad de cualquier miembro de la comunidad universitaria.
IV) Hacer uso de cualquier tipo de violencia e contra de cualquier miembro de la Universidad o del patrimonio universitario.
V) Proporcionar información falsa o hacer uso de cualquier documento apócrifo.
VI) Haber sido expulsado definitivamente de alguna otra institución educativa del país o del extranjero.
Debe resaltarse que la propuesta de Reglamento fue presentada en el 2016 por el consejero universitario Juan Manuel Zamora y desde entonces quedó disponible para el análisis y aportaciones de los integrantes del cuerpo colegiado.
Tras su aprobación en el seno del Consejo Universitario, quedó establecido que el Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Universitaria, órgano oficial de difusión de la Universidad Michoacana.