Columna «Bajo la Lupa», Por Armando Saavedra (12-X-16)
RECTOR, DUERME CON EL ENEMIGO
Buscándole por aquí y por allá, información que permita dilucidar qué y quienes están detrás de lo que sucede al interior de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, me encontrado con varias sorpresitas, pero la más gorda de todas ellas, es detectar que hay un actor principal que busca a como dé lugar, que en este “movimiento” se logre derribar al rector MEDARDO SERNA GONZÁLEZ y poder ocupar su lugar, claro, en lo que se diera un procedimiento legal, lo que le daría la posibilidad de ser rector por unos meses o definitivo por dos años.
SALVADOR GARCÍA ESPINOSA
Quien actualmente se desempeña como secretario general de nuestra máxima casa de estudios, miembro destacado del grupo político que capitanea MARCO ANTONIO AGUILAR CORTÉS, pues además, GARCÍA ESPINOSA es yerno de AGUILAR CORTÉS, por si hubiera alguna duda del parentesco y afinidad política.
Pues bien, SALVADOR GARCÍA ESPINOSA es el funcionario de la universidad michoacana que es señalado de traicionar la confianza del rector SERNA GONZÁLEZ, al buscar sucederlo en el cargo de manera desleal, pues es el principal manipulador de un puñado de jóvenes moradores de algunas casas del estudiante, junto con algunos cuantos líderes de esas moradas, destacando entre ellos su principal adlátere ROBERTO CARLOS RODRIGUEZ, líder de la Casa del Estudiante Nicolaita, quien se destacó como el principal opositor a que se entregaran las instalaciones de Ciudad Universitaria, entrega previamente acordada con otras autoridades de la universidad y del gobierno del estado.
PIERDEN EL CONTROL DEL MOVIMIENTO
Lo que empezó como una maniobra política de SALVADOR GARCÍA en busca de derribar a MERDARDO SERNA, ha evolucionado de manera tal que quienes dirigían el “movimiento” perdieron el control del mismo, a raíz de la intromisión de otras fuerzas políticas que ven en la universidad un jugoso “botín” económico y político, como los son las de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación, las fuerzas de la normales rurales del estado en compañía de alguna comunidades indígenas, influenciadas todas ellas, por diversas tribus del Partido de la Revolución Democrática, lo que ha propiciado el empantanamiento del problema.
POLÍTICA DE INGRESO, SIN PROBLEMAS
Resulta por demás sospechoso, que las políticas de ingreso a la universidad que tiene por objeto aumentar la calidad de la educación universitaria, estén tratando de socavarlas, a pesar de que en los últimos cinco años han dado excelentes resultados.
Desde que llegó a la rectoría SALVADOR JARA GUERRERO, se inició la implementación de políticas de ingreso como las actuales y excepto el primer año, hubo las resistencias naturales, sin embargo, los años subsecuentes el Movimiento de Aspirantes y Rechazados fue moderado, aceptando esas políticas de ingreso y no solo eso, sino que las actividades de “promoción” de la educación que moradores de las Casas del Estudiante hacían en varios estados del país, fue muy moderada, pero siempre aceptando las reglas de ingreso establecidas por el Consejo Universitario, de ahí que ahora resulte por demás muy “sospechoso” que estando al frente de la rectoría universitaria MEDARDO SERNA GONZÁLEZ, las mismas fuerzas políticas que inciden en la vida interna de la universidad, ahora asuman una actitud de rechazo a dichas políticas de ingreso y no solo eso, sino que permitan la participación de fuerzas extrañas a la universidad.
LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA
En efecto, la llamada “autonomía universitaria” establecida por el artículo 3, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha sido el argumento de defensa de algunas fuerzas políticas al interior de la universidad, para impedir el establecimiento del estado de legalidad.
Al respecto, es necesario reproducir los conceptos vertidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que definen la “Autonomía Universitaria”.
Las consideraciones de la sentencia de Amparo en revisión 1356/2015 QUEJOSO, emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en sitio:
https://www.scjn.gob.mx/…/Asuntos%2…/AR-1356-2015-160630.pdf
Vale la pena leer puntos 134 a 158 (todos los demás no tienen caso para este caso): DESTACANDO: Dentro de las cuestiones que resuelve la Primera Sala de la SCJN, es la que deriva del planteamiento siguiente:
“134. ¿Cuál es la naturaleza jurídica, alcances y limitaciones que tiene la autonomía universitaria protegida por el artículo 3, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?”
“141. Es importante destacar que el sentido de la autonomía universitaria es proteger el principio de libre enseñanza (libertad de cátedra, de investigación y de examen y discusión de las ideas), indispensable para la formación y transmisión del conocimiento. Dicho con otras palabras, la autonomía universitaria tiene como finalidad proteger las condiciones necesarias para la satisfacción del derecho a la educación superior.”
“142. En este sentido, la autonomía universitaria constituye una garantía institucional del derecho a la educación superior. La autonomía universitaria es un diseño institucional que tiene como objetivo maximizar el respeto al principio de libre enseñanza, condición sine qua non para el desarrollo y difusión del conocimiento y, por ello, para la satisfacción del derecho a la educación superior.”
“143. En definitiva, el sentido de la autonomía universitaria es el de una garantía institucional del derecho a la educación pública. De aquí que la autonomía universitaria tenga un carácter exclusivamente instrumental y no constituya, por ser, un fin en sí misma. Dicho en otros términos, la autonomía universitaria es un medio para lograr un fin: la educación superior. Por lo que la autonomía universitaria es valiosa si y sólo si -y en la medida en que- maximiza ese derecho humano
Y lo más importante:
“153. Sin embargo, dichas facultades de ninguna manera dotan a las universidades de un régimen de excepcionalidad, extraterritorialidad o privilegio, que las sustraiga del respeto al Estado de derecho, esto es, a los principios y normas del sistema jurídico.”
NO EXISTE EL ESTADO DE DERECHO
El Estado de derecho, entendido como el Estado sometido al Derecho; es decir, el Estado cuyo poder y actividad vienen regulados y controlados por la ley.
El Estado de Derecho consiste así fundamentalmente en el “imperio de la ley”: Derecho y ley entendidos en este contexto como expresión de la “voluntad general”.
En este sentido, la autoridad está obligada a cumplir lo que la ley le ordena y entre ellas, el derecho humano a la educación que se está menoscabando a cerca de 50 estudiantes de la universidad, por quienes bajo el mismo argumento, tiene secuestradas las instalaciones de la máxima casa de estudios, solo que en este caso, las víctimas, los 50 mil alumnos se han sujetado a lo que la ley establece para hacer efectivo su derecho humano a la educación, no así los integrantes del Movimiento de Aspirantes y Rechazados que patrocinados por la Coordinadora de Universitarios en Lucha, pretenden ejercer ese derecho sin ajustarse a lo que la norma establece.
La consideraciones anteriores, son los argumentos básicos y necesarios en los que, tanto las autoridades del gobierno estatal, como las de la universidad, deben de fundamentar y motivar la obligación de hacer respetar el derecho humano a la educación de los 50 mil estudiantes universitarios, estableciendo el imperio de la ley.
REVELIÓN DE DIPUTADOS
Este martes 11 de octubre, cerca de 21 diputados integrantes de la 73 legislatura al congreso del estado se sublevaron, logrando la cancelación de la sesión ordinaria programada por la conferencia de legisladores para el próximo jueves 13 de octubre.
Resulta que algunos diputados de diferentes partidos, asumieron el compromiso de asistir a un evento del Partido del Trabajo a la ciudad de Monterrey Nuevo león, para lo cual programaron salir en el respectivo vuelo comercial el jueves próximo, sin embargo, la conferencia de legisladores que encabeza el presidente de la mesa directiva PASCUAL SIGALA PÁEZ había programado la sesión ordinaria para el jueves, interfiriendo con la actividad programada por los diputados que irían a Monterrey, por lo que solicitaron por escrito el cambio de día de sesión, lo que no fue concedido de entrada, empero, como amenazaron con no asistir y con ello no completar el “quórum” necesario para hacer válida y legal la sesión, los coordinadores parlamentarios y el presidente de la mesa directiva tuvieron que aceptar mejor la suspensión de la sesión de esta semana.
Triunfó la rebelión de los alzados.