Por Armando Saavedra (15-12-15)
EN EL PRD, TAMBIÉN HACE AIRE
En la entrega del día de ayer, señalábamos la falta de institucionalidad de los actores políticos, que por su canibalismo, no miden las consecuencias de su actuar. Ayer decíamos que por ese canibalismo y beligerancia desmedida, en lugar de ganar reivindicaciones morales y políticas, solo se logra exhibir la miseria en la que se vive. Ayer señalamos a los diputados del Partido Revolucionario Institucional; hoy, debemos señalar a varios actores políticos del Partido de la Revolución Democrática, quienes en el desarrollo del 9 Pleno Ordinario del X Consejo Estatal del PRD, exhibieron ese canibalismo que padecen y se dejaron ir con todo en contra del titular del poder ejecutivo del estado. RAÚL MORÓN ORÓZCO y la ex diputada CRISTINA PORTILLO AYALA entre otros “distinguidos perredistas”, aprovecharon los reflectores para acusar a SILVANO AUREOLES CONEJO de separarse de la línea ideológica del partido y ser un gobernante represor y le exigieron el cese de las acciones en contra del magisterio democrático y de los estudiantes normalistas.
¿POR QUÉ TANTO ENCONO VS SILVANO?
En el caso de los actores políticos señalados, no nos debe extrañar su posición en el Pleno, RAÚL MORÓN, aún no ha podido digerir la derrota que le infringió el actual gobernador en las elecciones internas para elegir candidato al gobierno del estado y por supuesto que MORÓN ORÓZCO no ha logrado digerir, la estrepitosa derrota que los morelianos le impusieron en su frustrada aspiración de ser presidente municipal de Morelia, al mandarlo a un tétrico cuarto lugar en las preferencias electorales con apena 32 mil votos, bueno, el actual senador, no pudo ni siquiera superar a un externo de su partido, al DR. GENOVEVO FIGUEROA quien obtuvo casi los 40 mil votos, algunos miles más que MORÓN, de ahí su frustración, que la traduce en su radicalismo acendrado y por otra parte, la ausencia de posiciones en el gabinete de AUREOLES, para la tribu que encabeza, profundiza su discrepancia con el titular del ejecutivo estatal. Igual sucede con la ex diputada PORTILLO AYALA, dirigente o representante de una facción de Nueva Izquierda, facción o tribu a la que SILVANO tampoco le ha dado ninguna posición en la administración pública, de ahí que la revancha verbal sea su refugio, pero al igual que los priistas, en lugar de obtener reivindicaciones políticas y morales, enseñan la miseria política, claro, en la que viven y se desenvuelven.
PLURI PARA EL PRD, IMPUGNABLE
La reciente asignación de la diputación local plurinominal a CECILIA LAZO DE LA VEGA DE CASTRO como propietaria y a IRENE CERDA RAMOS en calidad de suplente, ambas candidatas del Partido de la Revolución Democrática, seguramente será impugnada por otros partido, particularmente por el Partido Verde Ecologista de México, quien es el afectado directamente, pues es claro que el PRD participó con candidatura en Común con el Partido Nueva Alianza, en donde, simuló la renuncia de JEOVANA MARIELA ALCÁNTAR BACA al PRD y aparentó que es ahora militante del PANAL para evitar caer en la sobrerrepresentación y de este modo acceder a la asignación de la plurinominal número 4. Con esta acción logró tener dos diputaciones más, la de mayoría de Hidalgo y la pluri pendiente de asignar, porque el PRD no puede tener más de 13 diputados, porque la Sala Superior determinó en su sentencia SUP-REC-690/2015 que era lo máximo de diputados que puede tener el PRD en el Congreso.
YA HUBO IMPUGNACIÓN
Asimismo, debe tenerse en cuenta que, el PAN impugnó el registro de JEOVANA MARIELA ALCÁNTAR como candidata del Nueva Alianza. Esta impugnación la resolvió el TEEM ordenándole al IEM le requiera al PRD y PANAL que le informen, que en caso de ganar, como ocurrió, ¿a qué fracción parlamentaria pertenecerá?. Lo que respondieron es que al PANAL, para evitar caer en el límite de la sobre representación. Sin embargo, con esta respuesta no queda resuelto el problema, y el IEM se encuentra en un predicamento por la asignación de la pluri el domingo pasado, lo que nos muestra que esta asignación va a terminar resolviéndose en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
SIN CLARIDAD EN PROCEDIMIENTO DE ASIGNACIÓN
Ahora bien, en la asignación de la pluri que hizo el IEM, debió aplicar los procedimientos marcados en los artículos 174 y 175 del Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo, es decir, debió determinar qué partidos políticos alcanzaron en el porcentaje de la votación estatal emitida, por lo menos el 3% de la elección de Diputados Locales de mayoría relativa, en donde, son: PAN, PRI, PRD, PT, PVEM, MC y MORENA, por tanto, estos partidos tienen el derecho de acceder a una diputación plurinominal por el principio de porcentaje mínimo (en este primer paso de asignación de plurinominal obligado, el PVEM podría quedarse con la diputación pendiente de asignar, ya que, en la sentencia de la Sala Superior le habían retirado esta diputación argumentando estar en la sobrerrepresentación).
REPARTO EQUIVOCADO
Después, el IEM debió hacer asignaciones de diputaciones plurinominales, en base al segundo paso de cociente natural. Ahora bien, se determina que la votación total emitida es de 1, 611,527. Para ilustrar mejor lo afirmado, se muestra una tabla que contiene una proyección de las diputaciones en general y el porcentaje de participación que tendrían los partidos en la conformación del Congreso del Estado.
Actualmente, así quedaría la integración del Congreso sin considerar la asignación de la plurinominal.
(ver gráfica)
De la gráfica anterior, se aprecia que ya no es posible hacer asignaciones de diputados por el principio de cociente natural, por lo que, los partidos no pueden acceder a la diputación por esta fórmula. Aquí lo interesante, es saber ¿qué criterio usó o siguió el Consejo General del IEM?, ¿hizo la asignación por el principio de porcentaje mínimo?, ¿hizo la asignación por cociente electoral (segundo paso del procedimiento)? Pues sí la asignación hubiese sido en favor del PVEM –por principio de porcentaje mínimo-o como fue para el PRD (por cociente electoral). ¿Cuál era el correcto? Seguramente esto se definirá realmente en el TRIFE y sí no, al tiempo.