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Columna «Bajo la Lupa»: Elección de magistrados del STJE

Por Armando Saavedra (24-07-15)
ELECCIÓN DE MAGISTRADOS DEL STJEM
Durante varias entregas, hemos tratado de analizar para ustedes, el procedimiento elegido por los integrantes del Consejo del poder Judicial del Estado de Michoacán, para la selección de los aspirantes a ocupar el cargo de magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán, sin embargo, a lo largo de esas entregas, hemos recibido un sinnúmero de correo electrónicos, con felicitaciones por la investigación periodística, sin embargo, también hemos recibido algunos que nos corrigen datos de los publicado. Los viejos lobos de mar en el periodismo, dicen que nunca es bueno corregir errores, pues se evidencian deficiencias en el trabajo, sin embargo, nosotros creemos que es mejor asumir la responsabilidad y corregir lo errado, algunas veces más por justicia para algún afectado involuntario de ese trabajo. Así las cosas, va de nuevo.

LA OPACIDAD EN EL PROCEDIMIENTO
Sigue sin mucha claridad el proceso para que el Congreso del Estado en los términos de la fracción XXI del artículo 44 de la Constitución política del Estado de Michoacán, elija a las personas para ocupar las dos vacantes del cargo de Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán. Tanto la Constitución, la ley Orgánica del Poder Judicial del Estado y el reglamento de la Comisión de carrera judicial del Consejo del Poder Judicial del Estado, son los instrumentos legales que norman el procedimiento para la elección de los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del estado de Michoacán, sin embargo, tanto la Ley Orgánica del poder Judicial como el reglamento de la Comisión de carrera judicial del Consejo del Poder Judicial del Estado, contemplan de manera ambigua –quien lo dijera- los procedimientos para esa elección, pues delegan en un simple “acuerdo” del Consejo del Poder Judicial los términos de la convocatoria para el concurso de oposición, que por fortuna sí es obligatorio, empero, la propia Ley Orgánica establece:

LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL
Artículo 8. Para la elección de los Magistrados, el Consejo realizará la evaluación de los aspirantes e integrará y enviará al Congreso la propuesta mediante el procedimiento siguiente: Artículo I, II, III,IV y …
V.- El Consejo remitirá al Congreso la lista, acompañada del expediente debidamente foliado y pormenorizado de cada aspirante evaluado, en el que se incluirá la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos constitucionales, el examen practicado y su resultado, para que éste designe de entre los tres con más alta calificación.

LEY AMBIGUA
Dicen los que verdaderamente saben, que una ley que se hace ambigua, se hace así intencionalmente, para dar flexibilidad al interés del estado. En cristiano, solo es ambigua para poder hacer trinquetes sin que nadie les diga nada, sobre todo tratándose de interpretaciones. El artículo 8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece en su primer párrafo que “El Consejo remitirá al Congreso la lista…” y en su segundo párrafo dice: “para que éste designe de entre los tres con más alta calificación”. Es decir, primero señala “una lista” y luego señala “los tres con más alta calificación”. Si se ponen rigorista, pueden mandar una lista de más de tres, ahora bien, sin interpretan con buena fe, pues mandarán una simple “terna”.

SON VARIAS VACANTES
La convocatoria para el 8° Concurso de Oposición para ocupar el cargo de magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, señala con toda claridad que es para cubrir dos vacantes, sin embargo, el Consejo del Poder Judicial funda la citada convocatoria en los artículos 69,73,76 y 79 de la Constitución del Estado; los artículos 8, 90 Fracc. VI y 127 de la Ley Orgánica; así como de un “Acuerdo del Consejo” y en ninguno de los tres instrumentos jurídicos, se señala que hacer en el caso de que haya más de una vacante, por renuncia, jubilación, licencia o de nueva creación, a menos que se recurra conchudamente al “Transitorio” que establece que en “los casos no previstos por la ley” será el Consejo quien decida qué hacer al respecto. ¿Y el Congreso también recurrirá a su respectivo transitorio? Pues el Consejo del Poder Judicial le mandó “Una terna” con los nombres de los aspirantes que mejores calificaciones obtuvieron en el 8° Concurso de Oposición, de donde, se supone, los diputados elegirán a dos aspirantes para cubrir las dos vacantes que se concursaron.

INTEGRANTES DE LA “TERNA”
En una entrega anterior, dimos a conocer una “terna” y señalamos que en realidad era una “cuaterna”, sin embargo nos equivocamos- lo reconocemos- y solo fue efectivamente una “terna” integrada por quienes de los aspirantes obtuvieron, según el Consejo, las mejores calificaciones y son: HECTOR OCTAVIO MORALES JUÁREZ quien obtuvo 9.64 de calificación; DORA ELIA HERREJÓN SAUCEDO quien obtuvo 9.08 de calificación y MARÍA DE LOS ÁNGELES LLANDERAL ZARAGOZA quien obtuvo 9.07 de calificación. De igual manera, en las calificaciones de LLANDERAL ZARAGOZA equivocamos su número de CLAVE y por lo tanto, equivocamos su calificación, misma que se la otorgamos indebidamente a CRISTOBAL LUVIANO TENA.

LOS RESULTADOS FINALES
La siguiente tabla de resultados, revela como ya lo habíamos afirmado, que solo el 38.09% de los aspirantes que fueron aceptados, aprobaron el curso; igualmente el 38.09% lo reprobaron y el 23.82% desertó del curso. Así las cosas, sí tomamos en cuenta que la gran mayoría de los aspirantes a magistrado ya trabajan en el Poder Judicial, fundamentalmente como jueces de primera instancia, pues es preocupante para la sociedad, ya que quienes imparten la justicia, tienen niveles y capacidades muy bajas como para ejercer tales puestos.
(Ver la gráfica)
¿HAY ÉTICA Y MORAL?
Ya explicamos la ambigüedad del cuerpo de leyes que norma el procedimiento para la elección de los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, sin embargo, ¿Acaso el Supremo Tribunal de Justicia del Estado está exento de aplicar también las normas de la moral y la ética en sus funciones? Pues sí así fuera, lo hecho está bien hecho, empero, sí fuera lo contrario, me parece que el Consejo del Poder Judicial debió de mandar una sola terna como lo hizo, pero solo para cubrir una vacante y declarar desierto el concurso para otra de ellas e incluir esa otra vacante nuevamente en el 9° Concurso de Oposición, convocatoria que ya fue emitida, solo que para cubrir la vacante que deja el magistrado titular de la tercera sala penal ARMANDO PÉREZ GÁLVEZ, quien fue electo por los demás magistrados como Consejero del Poder Judicial.

PREOCUPACIONES POR SILVANO
¿Qué preocupa en SILVANO AUREOLES, gobernador electo? Sí todos los días hace alguna actividad en torno a prepararse, a conocer, a informarse sobre el estado que guarda la administración pública del estado, para poder planear, programar y diseñar su programa o plan de gobierno. Me preocupa quien le rodea, me preocupa que mande señales buenas y algunas malas. Las buenas, son de todos conocidas, ese trajinar itinerante por oficinas de funcionarios locales, estatales y federales, también con grupos de la iniciativa privada, con grupos religiosos de todos colores y sabores, circunstancia que se aplaude, sin embargo, las malas señales son verdaderamente preocupantes, por que implican que las cosas para los michoacanos no serán miel sobre hojuelas, de por sí ya estamos hundidos y quebrados, como para que “el nuevo comienzo” no sea igual de amargo que la situación actual que tenemos.

EL RESPETO POR LA LEY Y NO LA IMPOSICIÓN
Una de las señales preocupantes que el gobernador electo SILVANO AUREOLES está mandando, es que pareciera que es refractario al respeto a la ley, que apegarse al estado de derecho, no es su gran virtud y perdónenme, eso es grave. Hace varios días, tal vez un par de semanas, el diputado electo RAYMUNDO ARREOLA ORTEGA, le mandó una carta muy puntual con señalamientos sobre el no respeto a la ley al incluir en su equipo o comité de entrega recepción al ING. PASCUAL SIGALA PÁEZ, quien tiene en su poder una constancia oficial que lo acredita como diputado local electo que formará parte de la 73 legislatura al Congreso del estado y no solo eso, sino que este viernes, los diputados electos lo eligieron como su coordinador parlamentario, así nomás. De respetar la ley y ceñirse al estado de derecho, SILVANO AUREOLES gobernador electo ya debería haber anunciado la separación de SIGALA PÁEZ de ese comité de entrega recepción, pues se trata de una comisión que contempla la ley y es exclusivamente para el poder ejecutivo, que será el que se transfiera. Total, si tanto lo quiere y le estima, que extraoficialmente participe de esas actividades, pero no de manera oficial, eso señor gobernador electo, es violar la ley y Usted apenas va a tomar posesión del cargo y ya nos manda esa señal.

OPERADORES DE LUJO
No hay día en que no aparezca en las redes sociales, fotografías de alguno de sus operadores políticos teniendo contacto con los diversos liderazgos del estado, legitimo es, sin embargo, me parece que el publicar esas fotografías en las redes, departiendo con esos liderazgos en restaurantes de lujo, envía una señal negativa para su futuro gobierno, sobre todo, porque la situación económica que enfrenta nuestro estado y que usted mismo enfrentará como gobernante, exige disciplina en el gasto. ¿Cómo creerle que usted en esa disciplina económica se va a disminuir el salario, cuando sus colaboradores departen en restaurantes de lujo? Todos tenemos derecho a hacerlo, ¿por qué no? Sobre todo sí se tiene la solvencia económica para hacerlo, empero, en el caso de sus cercanos colaboradores, lo trascendente es el mensaje que se manda a la sociedad que se va a gobernar. Por lo menos que sí lo hacen, sean discretos y no exhibicionistas.

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