Morelia, Mich., , 29 de marzo del 2015.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), informa a la ciudadanía en general que en esta fecha resolvió cuatro juicios para la protección de los derechos político electorales, en atención a las quejas de la población y de los partidos políticos.
En lo referente al juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales TEEM-JDC-387/2015 promovido por Rubén Padilla Soto en contra de la Comisión de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional (PRI) por la presunta incorrecta conformación de delegados para la postulación del candidato a cargo de Presidente Municipal del Municipio de Hidalgo Michoacán.
En esta impugnación y de acuerdo al estudio realizado por este Tribunal resolvió que son fundados los agravios del mencionado ciudadano Padilla Soto y determina llevar cabo un nuevo procedimiento para candidato al mencionado ayuntamiento.
Por lo que respecta al Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales TEEM-JDC-392/2015 y acumulados TEEM-JDC-406 y TEEM-JDC y 407-JDC/2015 interpuesto por Sandra Luz Valencia, Ma. De los Ángeles Cervantes Pantoja y Bianca Angélica Nieto Tenorio, respectivamente, en contra del Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática.
En esta impugnación, las antes mencionadas se dicen agraviadas por la omisión para participar en la designación de la candidatura para diputada local del distrito electoral 23 y por la designación de Yolanda Cisneros Sosa para para el distrito antes mencionado, que fue hecha por medio de una encuesta y donde fueron excluidas.
Por lo anterior y de acuerdo al análisis de este Tribunal resolvió que son fundados los agravios de las ciudadanas antes mencionadas y determina revocar la constancia de mayoría de la designación como candidata a Yolanda Cisneros Sosa y se ordenó la reposición de la encuesta realizada.
En cuanto al Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales TEEM-JDC-394/2025, promovido por Jorge Alfredo Molina Sánchez en contra de la Comisión Nacional Jurisdiccional y Comisión Estatal de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional (PRI), por la supuestas irregularidades en la elección a candidato a diputado local Uninominal 10 con cabecera en Morelia Noroeste del estado de Michoacán y por entrega de constancia a Yarabí Ávila González, como candidata a diputada local por el distrito antes mencionado.
De acuerdo al estudio realizado se determina que son fundados los agravios del promovente y se resuelve revocar la convención de delegados y la candidatura para diputado por el distrito anteriormente mencionado.
Por lo que ve al Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales TEEM-JDC-391/2015, promovido por Gerardo Hernández Tavares en contra del Partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), el promovente afirma que le causó agravio no ser informado sobre su solicitud de registro para ser el precandidato presidente municipal de Morelia y en consecuencia por la designación de Alfredo Ramírez Bedolla como candidato al puesto de elección popular de dicho partido.
Ante lo expuesto y de acuerdo al análisis realizado se resolvió que resultó fundado el agravio del impugnante por lo que se ordena al partido le dé respuesta.