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Presentan paquete de reformas en materia fiscal

Morelia, Mich., 16 de diciembre de 2013.- En sesión extraordinaria, el Pleno de la LXXII Legislatura, dio lectura al paquete de iniciativas de decreto presentadas por el titular del Poder Ejecutivo, mediante las cuales se propone reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley de Hacienda; de la Ley de Coordinación Fiscal; del Código Fiscal; así como de la Ley de Catastro del Estado de Michoacán.

Las propuestas tienen como propósito la actualización del orden jurídico fiscal del Estado de Michoacán, a fin de que las autoridades fiscales estatales, estén en condiciones de captar en mejor forma y en una cuantía mayor, los recursos públicos que permitan al Gobierno del Estado, aplicarlos en la medida de las posibilidades, a la satisfacción de las necesidades sociales.

En ese sentido, la Iniciativa de Decreto que reforma la Ley de Hacienda proponen nuevas alternativas que permitan al Gobierno del Estado, mejorar la recaudación de ingresos. Asimismo, concierta las Reformas y Adiciones al Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo, con las modificaciones de que han sido objeto diversos ordenamientos jurídicos y administrativos,  de índole fiscal en sus tres ámbitos de gobierno y con el Sistema Nacional de Armonización Contable.

En lo sustancial, las principales Reformas y Adiciones están centradas en el Impuesto sobre Enajenación de Vehículos de Motor Usados; el Impuesto sobre Tenencia o Uso de vehículos; el Impuesto sobre Servicios de Hospedaje, así como al Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal Prestado Bajo la Dirección y Dependencia de un Patrón.

La iniciativa fue turnada a las Comisiones de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública; y de Hacienda y Deuda Pública para su estudio, análisis y dictamen.

En lo referente a la Iniciativa de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, las modificaciones consisten en que, a partir del mes de enero del año 2015; la Secretaría de Hacienda y Crédito Público incorporará en el Fondo de Fomento Municipal, un 30% adicional, que se determinará entre la diferencia que exista en el monto del Fondo de Fomento Municipal a nivel Nacional pagado en el año 2013, respecto al estimado en el último ejercicio fiscal, siendo en este caso la diferencia entre los años 2013 y 2015. De éste participarán los Municipios que hayan suscrito convenio con el Gobierno del Estado, para que sea el responsable de la Administración del Impuesto Predial.

Respecto a las modificaciones propuestas al Código Fiscal se incorporan diversas reformas y adiciones que tienen como propósito, por una parte, procurar certidumbre legal a los contribuyentes,  y por otra, ser una herramienta útil al Estado, para  el ejercicio de sus potestades fiscales.

Entre las adecuaciones que se plantean, se propone armonizar el Código Fiscal del Estado, con otros ordenamientos legales, conforme a los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable, modificando las definiciones de Derechos, Contribución de Mejoras, y Financiamientos, ya que éste último se clasificaba anteriormente en el Rubro de Aprovechamientos; así como, la inclusión de conceptos tales como Enajenación de bienes y Enajenaciones a plazo con pago diferido o en parcialidades, entre otras modificaciones.

Por su parte, en la Iniciativa de reforma a la Ley de Catastro, se propone modificar el marco jurídico para la obtención y actualización de la información necesaria para conformar un Catastro Inmobiliario confiable y cierto, previniendo procedimientos claros y precisos para la adecuada integración del Catastro Estatal, como es el caso de aquellos que es necesario realizar para la inscripción de predios; la determinación de los valores unitarios de terreno y de construcción; y, la valuación y revaluación de inmuebles, entre otros.

En otro asunto, el Pleno dio lectura a la comunicación mediante la cual la Presidenta del Consejo para la Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, María de los Ángeles Llanderal Zaragoza, mediante la cual, remite para los efectos legales y constitucionales la solicitud para que se emitan las Declaratorias de Incorporación al Sistema Penal Acusatorio y de entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales. La comunicación fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis y dictamen.

 

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