Morelia, Mich., 14 de noviembre de 2014. El Ayuntamiento de Morelia incumplió una recomendación de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) por violaciones al derecho humano de integridad personal.
Un ciudadano presentó queja ante este organismo en 2013, luego de que durante un operativo del alcoholímetro, salió positivo; y al preguntar el monto de la infracción los uniformados le respondieron con palabras altisonantes, y se llevaron su vehículo al corralón.
Al retirarse del lugar, una cuadra y media más adelante, los alcanzó la patrulla número 16054-102 y uno de los elementos le faltó el respeto a su novia, por lo que al reclamarle su actitud se bajaron los policías y empezaron a manosear a la joven con el pretexto de un cateo, al tratar de evitarlo se armó la trifulca y llegaron otros ocho elementos quienes lo sometieron y empezaron a golpear , luego lo esposaron y lo subieron a la patrulla para trasladarlo a barandilla.
Durante el trayecto fue intimidado. Lo condujeron a barandilla en donde no lo quisieron recibir, luego a las oficinas del Ministerio Público Investigador y tampoco se los recibieron a los uniformados, por lo que lo dejaron en la Procuraduría General de la República (PGR), en donde tuvo que pagar una fianza de ocho mil pesos para que lo dejaran en libertad, pues lo acusaron de portación de arma de fuego.
Por estos hechos la CEDH emitió la recomendación 061/2014 dirigida a la Presidencia Municipal de Morelia,, solicitando se diera parte al órgano de control interno para que iniciara procedimiento administrativo de responsabilidad en contra de Salvador Ramírez Raya y José Roberto Murillo, elementos adscritos a la Policía Municipal de Morelia.
A la vez se recomendó implementar cursos de capacitación dirigidos a los elementos adscritos a la Policía Municipal, sobre derechos humanos y ejercicio de la fuerza, a fin de brindar un mejor servicio a la ciudadanía.
El Ayuntamiento de Morelia aceptó la recomendación, pero no remitió pruebas de su cumplimiento por lo que en apego al artículo 86 de la Ley y al 103 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación.