Redacción.- El 19 de abril se celebra el Día Mundial de la Bicicleta con el objetivo de promocionar este medio de transporte y llamar la atención sobre los derechos de los ciclistas.
En Morelia, un entusiasta grupo llamado Bicivilizate Michoacán, esta trabajando y logrando espacios para quienes gustan de andar sobre ruedas; «Somos un movimiento ciudadano que genera, promueve y desarrolla condiciones y espacios seguros para crear una cultura de convivencia y movilidad a través del uso de la bicicleta». Entre sus actividades esta la Ciclovía, los domingos de 8:00 a 13:00 hrs., ahí te facilitan una bici dejando tu identificación oficial o si llevas la tuya, rodar de manera segura desde el Monumento Ecuestre al Generalísimo Morelos y a lo largo de la Avenida Madero. Una gran oportunidad de hacer deporte en familia, convivir y pasar una mañana muy agradable.
Para los más intrépidos, esta el paseo nocturno de los miércoles, la cita es en la Av. Acueducto y Av. Tatavasco, en la explanada del monumento. A las 21:00 hrs. se parte hacia una ruta diferente cada vez. Semana a semana crece el número de asistentes, el ambiente es cordial y familiar y es muy grato ver a niños que a pesar de que se recorre una distancia grande, llegan con el ánimo en alto. Durante la ruta, la gente sale de sus casa a saludar a los paseantes con gran emoción y cada vez, los automovilistas se tornan más comprensivos, esperando a que el gran pelotón pase, para ellos seguir su camino, lo que se agradece enormemente.
Para personas con mayor práctica y condición física, se organizan salidas a carretera, varias por semana, así que hay mucho de donde escoger.
Un ciclista informado, es un ciclista seguro.
En la Ciudad de México se han instaurado derechos y obligaciones que protegen a los usuarios y buscan crear conciencia y el respeto de los automovilistas. De aquí podemos tomar parámetros para circular más seguros. A continuación un fragmento de la ley que se ha puesto en marcha en el D.F.:
Automovilista
El RTM en sus recientes modificaciones establece nuevas áreas para transitar en las calles, ubícalas y respétalas.
- Área de espera ciclista: zona que sirve para que un ciclista se detenga durante el alto de un semáforo. (Art. 4º, fracc. II)
- Carril compartido ciclista: carril de la extrema derecha que debe compartirse entre bicicletas, transporte público y otros vehículos (Art. 4º, fracc. III)
- Ciclocarriles y ciclovías: espacios reservados o no, para uso exclusivo de ciclistas (Art. 4º, fracciones V.y VI).
- Rebasar a los ciclistas sólo por el lado izquierdo y dejando al menos 1 metro de separación (Art.5, fracc. VIII).
- Respetar las reglas de preferencia hacia el ciclista, pon atención en los siguientes casos:
- En los cruces de semáforo, cuando al ponerse el rojo un ciclista no alcance a cruzar la vía, tendrá preferencia para terminar su paso. (Art. 11, fracc. I)
- Cuando el conductor de un vehículo dé vuelta a la derecha para entrar a otra vía, debe cerciorarse de que no haya ciclistas pasando. (Art. 11, fracc. II).
- Cuando un vehículo va a circular o cruzar una ciclovía, debe cerciorarse de que no haya ciclistas transitando. (Art. 11, fracc. III)
- Cuando, en zonas exclusivas para la circulación de ciclistas, un vehículo pretenda cruzar para entrar o salir de un predio, debe cerciorarse de que no haya un ciclista haciendo uso de su vía. (Art. 11, fracc. IV)
- Cuando un ciclista quiera cruzar una vía en la que no haya semáforo, tendrá derecho de preferencia sobre los autos (Art. 11, fracc. V)
- Transitar sobre las ciclovías o ciclocarriles ( Art. 6, fracc. XVI)
- Detener o estacionar su vehículo sobre un área de espera ciclista, basta con que cualquier parte del vehículo esté sobre la vía ciclista. (Art. 6, fracc. XVII; Art. 8, fracc. II; Art. 12, fracc. IX)
Automovilista tus obligaciones son:
- Rebasar a los ciclistas sólo por el lado izquierdo y dejando al menos 1 metro de separación (Art.5, fracc. VIII).
- Respetar las reglas de preferencia hacia el ciclista, pon atención en los siguientes casos:
- En los cruces de semáforo, cuando al ponerse el rojo un ciclista no alcance a cruzar la vía, tendrá preferencia para terminar su paso. (Art. 11, fracc. I)
- Cuando el conductor de un vehículo dé vuelta a la derecha para entrar a otra vía, debe cerciorarse de que no haya ciclistas pasando. (Art. 11, fracc. II).
- Cuando un vehículo va a circular o cruzar una ciclovía, debe cerciorarse de que no haya ciclistas transitando. (Art. 11, fracc. III)
- Cuando, en zonas exclusivas para la circulación de ciclistas, un vehículo pretenda cruzar para entrar o salir de un predio, debe cerciorarse de que no haya un ciclista haciendo uso de su vía. (Art. 11, fracc. IV)
- Cuando un ciclista quiera cruzar una vía en la que no haya semáforo, tendrá derecho de preferencia sobre los autos (Art. 11, fracc. V)
Los automovilistas tienen prohibido:
- Transitar sobre las ciclovías o ciclocarriles ( Art. 6, fracc. XVI)
- Detener o estacionar su vehículo sobre un área de espera ciclista, basta con que cualquier parte del vehículo esté sobre la vía ciclista. (Art. 6, fracc. XVII; Art. 8, fracc. II; Art. 12, fracc. IX)
Recuerda:
Si no cumples con estas reglas, el RTM está facultado para imponerte una infracción que podrá ir de 5 a 40 días de salario mínimo más la remisión de tu vehículo al corralón.
Ciclista
Las modificaciones al RTM, establecen nuevos espacios para que transites en las calles ubícalos, respétalos y úsalos:
- Área de espera ciclista: zona en la que un ciclista debe detenerse durante el alto de un semáforo. (Art. 4º fracc. II)
- Carril compartido ciclista: carril de la extrema derecha que un ciclista debe usar y compartir con el transporte público, vehículos privados y otros. (Art. 4º, fracc. III)
- Ciclocarriles y ciclovías: espacios confinados o no, para uso exclusivo de ciclistas (Artículo 4º fracciones V.y VI).
- Respetar las señales de tránsito y las indicaciones del personal de vialidad. (Art. 29, fracc. I)
- Circular en el sentido de la vía (Art 29, fracc. II)
- Llevar a bordo de la bicicleta sólo al número de personas para las que existe asiento disponible (Art 29, fracc. III)
- Circular solamente por un carril (Art. 29, fracc. V)
- Rebasar sólo por el carril izquierdo (Art. 29, fracc. VI)
- Usar aditamentos o bandas reflejantes para uso nocturno (Art 29, fracc. VII)
- Circular preferentemente por las ciclovías (Art. 29, fracc. VIII)
- Indicar la dirección de tu giro o cambio de carril, mediante señales con el brazo y mano (Art 29, fracc. X)
- Compartir de manera responsable con los vehículos y el transporte público la circulación en carriles de la extrema derecha. (Art. 29, fracc. XI)
- Circular por los carriles centrales o interiores de las vías de acceso controlado y en donde así lo indique el señalamiento, excepto cuando las autoridades indiquen lo contrario en horarios y días permitidos (Art. 30, fracc. I)
- Circular entre carriles, salvo cuando el ciclista se encuentre con tránsito detenido y busque colocarse en lugar visible para reiniciar la marcha (Art. 30, fracc II).
- Circular por los carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros (Art. 30, fracc. III)
- Circular sobre las banquetas y áreas de peatones (Art. 30, fracc. IV)
- Transportar a un pasajero en el espacio que queda entre el ciclista y el manubrio (Art. 30, fracc. V)
- Transportar carga que impida mantener ambas manos sobre el manubrio y un debido control del vehículo (Art. 30, fracc. VI)
- Sujetarse de otros vehículos en movimiento (Art.30, fracc. VII).
Ciclista, tus obligaciones son:
- Respetar las señales de tránsito y las indicaciones del personal de vialidad. (Art. 29, fracc. I)
- Circular en el sentido de la vía (Art 29, fracc. II)
- Llevar a bordo de la bicicleta sólo al número de personas para las que existe asiento disponible (Art 29, fracc. III)
- Circular solamente por un carril (Art. 29, fracc. V)
- Rebasar sólo por el carril izquierdo (Art. 29, fracc. VI)
- Usar aditamentos o bandas reflejantes para uso nocturno (Art 29, fracc. VII)
- Circular preferentemente por las ciclovías (Art. 29, fracc. VIII)
- Indicar la dirección de tu giro o cambio de carril, mediante señales con el brazo y mano (Art 29, fracc. X)
- Compartir de manera responsable con los vehículos y el transporte público la circulación en carriles de la extrema derecha. (Art. 29, fracc. XI)
Los ciclistas tienen prohibido:
- Circular por los carriles centrales o interiores de las vías de acceso controlado y en donde así lo indique el señalamiento, excepto cuando las autoridades indiquen lo contrario en horarios y días permitidos (Art. 30, fracc. I)
- Circular entre carriles, salvo cuando el ciclista se encuentre con tránsito detenido y busque colocarse en lugar visible para reiniciar la marcha (Art. 30, fracc II).
- Circular por los carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros (Art. 30, fracc. III)
- Circular sobre las banquetas y áreas de peatones (Art. 30, fracc. IV)
- Transportar a un pasajero en el espacio que queda entre el ciclista y el manubrio (Art. 30, fracc. V)
- Transportar carga que impida mantener ambas manos sobre el manubrio y un debido control del vehículo (Art. 30, fracc. VI)
- Sujetarse de otros vehículos en movimiento (Art.30, fracc. VII).